El Ayuntamiento de Laredo permite una ‘dación en pago’ a una constructora

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El Ayuntamiento de Laredo aprobó un convenio que implicaba la adquisición de parcelas de la constructora Proinasa como forma de complementar la resolución de la deuda de 2,1 millones de euros que esta empresa mantenía con el Consistorio.

Es una suerte de dación en pago, la fórmula que reclaman los afectados por la hipoteca: entregar su vivienda al banco en caso de desahucio como forma de cubrir el pago de la deuda.

En este caso se va más allá, y se da la vuelta a la situación original: de deber dinero la empresa al Ayuntamiento a ser el Consistorio el que haga desembolso económica a la empresa.

Son las condiciones de un convenio, que de momento se ha paralizado tras un recurso presentado por Sí Se Puede Laredo.

Y que además cierra un círculo: la deuda es consecuencia de una decisión del exalcalde socialista de Laredo, Juan Ramón López Revuelta, y el convenio se firma estando al frente del Ayuntamiento su hijo, Juan Ramón López.

Este último llegó a la Alcaldía después de que su padre, de nuevo candidato, se tuviera que retirar, en aplicación del Código Ético del PSOE, por estar imputado, y también después de que dimitieran varios concejales de la lista socialista para darle paso).

Zona en la que el Ayuntamiento cedió una parcela a la empresa, origen de la deuda actual

Zona en la que el Ayuntamiento cedió una parcela a la empresa, origen de la deuda actual

EL ORIGEN DE LA DEUDA

La deuda asciende a más de 2,1 millones de euros, y está reconocida por sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) y Tribunal Supremo, después de rechazar los recursos y objeciones tanto de la empresa como del Ayuntamiento.

Apartahotel levantado en el terreno que dio el Ayuntamiento para "compensar" a PROINASA

Apartahotel levantado en el terreno que dio el Ayuntamiento para «compensar» a PROINASA

Y su origen se remonta a los años 80, a una permuta de terrenos entre el Ayuntamiento y la empresa PROINASA (Promociones Inmobiliarias Nates, SA).

Una permuta es un intercambio de terrenos. En este caso, lo que sucedió fue que se aprobó un Plan General de Ordenación Urbana que impedía que la empresa construyera en una parcela en Laredo.

Y lo que hizo el Ayuntamiento fue compensarla ofreciéndole un terreno en la zona de playa, un terreno que pertenecía al Consistorio y sobre el que sí se podía edificar.

Al Tribunal Supremo ya le llamaron en su momento la atención dos cosas: la “celeridad” del Ayuntamiento, “digna de ser utilizada en el resto de actuaciones municipales”, y el hecho de que el equipo de Gobierno decidiera esa permuta sin que lo reclamara el propio constructor.

Además, la permuta se concibió como una indemnización, en lugar de como un intercambio, y no cumplió el requisito necesario para un intercambio, y es que los bienes sean equivalentes.

Porque aquí se intercambió un terreno en el que no se podía construir por uno en el que sí, un sitio en el que el Ayuntamiento levantó un parque por otro en el que se instaló un negocio de apartahotel que, por tanto, suponía beneficios extra a la empresa. Para ello, además, se le dio una licencia que luego resultó anulada también.

La sentencia llamó la atención sobre la “celeridad digna de ser utlizada en el resto de actuaciones municipales” para acordar una indemnización que el constructor no había solicitado.

Y además le dio una licencia, que no se ajustaba al suelo sobre el que se levantó el apartahotel.

EL CONVENIO

La Justicia había reconocido, pues, la deuda de PROINASA con el Ayuntamiento de Laredo, que había anunciado en varias ocasiones el cobro y que incluso había presupuesto el ingreso en algún ejercicio presupuestario.

Pero a finales de noviembre se aprobó por el Ayuntamiento, con los votos de PP, PSOE y PRC, y el voto en contra de Izquierda Unida y Sí Se Puede Laredo, un convenio que permitía a la empresa satisfacer la deuda a cambio de la cesión de varias parcelas en la Puebla Vieja y en otras zonas de la villa.

El convenio fue recurrido por Sí se Puede Laredo (un recurso administrativo, ante la propia institución, no ante la justicia).

Para fijar los precios, existían dos formas de tasarla desde el propio Ayuntamiento: uno a 631 euros el metro cuadrado, y otra, la finalmente utilizada, a 1.100 euros el metro cuadrado.

La disparidad de cifras ha llamado la atención de la letrada municipal, que ha reclamado informes técnicos del Ayuntamiento que hayan justificado esta decisión en base a criterios que no fueran arbitrarios, y ha acordado su paralización hasta tenerlo.

El convenio, es decir, no ha sido anulado, sino paralizado temporalmente.

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1 Comentario

  • aldobelus
    16 de febrero de 2016

    Hay más irregularidades que llaman la atención en este asunto, como que las tasaciones sean de hace años. La ley dispone que los documentos aportados como tasación sean de, como mucho, seis meses antes de su utilización, así que ya vemos que por ahí también habría tela para cortar…
    Sólo se ha respondido a un único asunto de entre varios que SSPL había solicitado.
    Al menos tenemos que agradecer que «algo» ha llamado su atención y han decidido detenerlo, ¡aunque sea provisionalmente!

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