Las encomiendas de gestión: el atajo de la administración

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Los gobiernos y administraciones públicas tienen la capacidad de buscar a otras entidades para que desarrollen los trabajos que ellos mismos no pueden hacer, como por ejemplo, la construcción de una carretera.

En esos casos suele haber un proceso en el que se fijan condiciones para las empresas aspirantes (estar al día con Hacienda, una serie de requisitos técnicos, etc…)

El Centro de Salud de Nueva Montaña

El Centro de Salud de Nueva Montaña

Pero el funcionamiento de las administraciones públicas se ha vuelto tan complejo que a veces las instituciones se contratan a sí mismas para determinados trabajos, a través de sus empresas públicas, que funcionan como empresas.

Es un recurso habitual en las administraciones de sucesivos signos políticos, y sobre cuyo uso incorrecto llama la atención un informe del Tribunal de Cuentas, al que ha tenido acceso EL FARADIO, que se centra en el año 2013 (es decir, la legislatura anterior, presidida por Ignacio Diego), pero que reproduce conclusiones ya esbozadas en otros años y otras legislaturas sin que la situación se haya corregido.

Durante ese año, ha analizado unas 50 encomiendas de gestión por contratos que ascienden a un valor de 213,7 millones de euros.

Así, por ejemplo, se critica que se hable de utilizar la encomienda de gestión para abaratar costes, cuando esos costes los fija la propia administración que contrata sin hacerlos públicos; o que acaben derivando en contrataciones a terceras empresas, ya privadas, de forma directa y sin concurso; o que terminan convirtiéndose en una forma de suplir las carencias de personal de la administración en un momento en que el contexto de recortes impedía incorporar nuevo personal a las plantillas públicas.

SIN CRITERIOS OBJETIVOS

En su informe, el Tribunal de Cuentas, órgano fiscalizador de los recursos públicos, que depende del Gobierno central, llama la atención sobre los atajos que se usan para optar por la encomienda de gestión frente al contrato:

-Los precios no obedecen a tarifas existentes previamente que puedan servir para calcular si efectivamente el trabajo es más barato o no, sino que es la propia administración la que establece un precio alzado, ella misma, que es el que usa para justificar que el servicio es más barato por esa vía. Otras veces las tarifas las fija el organismo contratado, no el contratador.

(Esta fijación arbitraria del precio produce fenómenos como que, sobre el papel, se contrate a personal para las aulas de dos años en períodos no lectivos, como julio y agosto)

(Y en ocasiones se hace con tal grado de concreción (6.977,68 euros) que lo que revela es que es de la cantidad de que se dispone desde la Administración, no la que cuesta hacer el trabajo concreto)

-No se valoran los costes de una alternativa para hacer los trabajos: no existen estudios fiscalizados sobre los precios de mercado que sirvan para demostrar que es más barato

-No se aportan estudios de cargas de trabajo que justifiquen que se carezca de medios para hacer el trabajo

LOS RIESGOS

Entre los riesgos, se encuentra el hecho de que la administración pueda no utilizar sus propios recursos adecuadamente, y en que pierda el control sobre la actividad que tendría si lo asumiera directamente en lugar de delegarlo.

Y uno de los efectos de la encomienda, cuando se justifica en las carencias de plantilla, es que contribuyen a mantener estas carencias: baja el personal, pero no los servicios y se funciona con fórmulas provisionales para funciones estratégicas, necesarias y permanentes.

La encomienda de  gestión en este centro  salía más cara que dotar de profesores al centro

La encomienda de gestión en este centro salía más cara que dotar de profesores al centro

Es lo que sucedió en un caso que el Tribunal de Cuentas considera “paradigmático”, el contrato para la homologación de unos cursos de formación profesional por parte del Centro de Formación Náutico-Pesquero de Santander, en el que se recurrió a una encomienda argumentando que se carecía de personal para unos cursos en un centro que a su vez carece prácticamente de profesores.

En ese caso concreto, los servicios jurídicos del Gobierno de Cantabria advirtieron de que la encomienda de gestión iba a suponer más costes económicos que dotar adecuadamente al centro del personal necesario.

En el sector público sucede, además, que las empresas son cambiantes, nacen, mueren y se sustituyen, y puede darse el caso de que se haga la encomienda a una empresa que desaparezca.

No hay problema (no para la administración): esos trabajadores van yendo de una empresa a otra, se subrogan, pasando al sector público.

Es lo que sucedió con EMPRENDISER, sociedad ligada a los servicios sociales cuyos empleados pasaron a la Sociedad de Educación, Cultura y Deporte para la gestión de las aulas de dos años, que venía de su propia contrata.

Pero es que además esta autosubcontratación de la administración a sí misma a través de sus empresas públicas no implica que la obra final la vaya a hacer esa empresa.

Porque el sector público sigue sin tener tantos arquitectos y albañiles para levantar edificios, y al final, la empresa pública subcontrata a un tercero, una empresa privada, del sector, que encarece el contrato o los costes financieros, y que acaba haciendo un trabajo de forma directa, sin pasar por un concurso, (como sucedió con el Centro de Salud de Nueva Montaña), pero sin supervisión pública más allá de alguna visita de un funcionario a los trabajos.

EMPRESAS PARA TODO

Y aunque hay empresas públicas con fines muy concretos, que suele pueden hacer trabajos muy determinados, se dan situaciones especiales como la de Tragsa, dependiente del Gobierno central, que se ha convertido, según observa el Tribunal de Cuentas, en un “medio para todo” y, además, sin parar, como sí hacen las demás, por el BOC, el Boletín Oficial de Cantabria, que da carta de publicidad a los procesos, y que además es lo que marca la Ley.

Y como las encomiendas son para trabajos que se consideran necesarios y básicos, no cabe la posibilidad de que no se hagan, de modo que las empresas a las que se hace el encargo, públicas, acaban teniendo que realizar contrataciones de personal para poder cumplir con un trabajo que es obligatorio hacer e inherente a la administración (como la limpieza de montes o la vialidad invernal), pero que a veces lleva a asumir funciones que no le corresponden a un gobierno autonómico (como la limpieza de playas, que en realidad debería hacer el Estado)

VENTAJAS PARA LA ADMINISTRACIÓN

Y en estos casos, usar la encomienda le aporta otra ventaja a la administración: permite a las empresas acceder a formas de financiación más allá del propio (y rígido) presupuesto. De esta forma, por ejemplo, se pueden demorar los pagos de centros de salud o colegios hasta que acaben la obra o entren en servicio.

Y además se pueden ir prorrogando por años, cosa que no sería posible con otras modalidades de contratación, o permiten cubrir varios proyectos de golpe con una sola encomienda (eso ha sucedido con varios colegios construidos en Cantabria).

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