Caso ‘Samuel’: “ni el ICASS ni el Gobierno de Cantabria han reactivado la expulsión”

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Feli Lois, directora del ICASS, (Segunda por la derecha en la imagen), junto a la vicepresidenta y consejera de Universidades e Investigación, Medio Ambiente, Urbanismo, Ordenación del Territorio y Política Social, en un encuentro del Consejo Asesor de Servicios Sociales || FOTO: Raúl Lucio (Gobierno de Cantabria)

El Instituto Cántabro de Servicios Sociales (ICASS) ha descargado toda la responsabilidad sobre la Fiscalía en la expulsión de Samuel (nombre ficticio), un menor extranjero no acompañado (MENA) con pasaporte de Camerún, inmerso en un proceso de expulsión del Estado como consecuencia de decisiones de la administración autonómica que reactivaron el trámite después de que se hubiera archivado. Y niega haber reactivado dicha expulsión pero de facto admite que lo hizo.

Después de que el gabinete de la vicepresidenta respondiera a EL FARADIO que ni el ICASS ni ningún miembro del Gobierno iba a comentar nada de este caso, tras la publicación de la exclusiva ha emitido un comunicado firmado por la directora del ICASS, Felisa Lois, que se refiere a la situación del «ciudadano» camerunés de la que «se han hecho eco diversos medios de comunicación».

En una nota de prensa (que no está alojada en la sección de comunicados de la página web del Ejecutivo regional) Lois ha asegurado que “ni el ICASS ni el Gobierno de Cantabria han reactivado el procedimiento de expulsión”, que no es su competencia ni la del Gobierno regional, pero a continuación admite punto por punto cada extremo de la información publicada por este medio de comunicación.

Así, la directora del ICASS admite que el 3 de marzo incoa expediente de protección y resolución de ingreso en el Centro de Primera Acogida, al considerarle menor de edad, después de que el Estado hubiera estimado antes, el 21 de enero, el recurso extraordinario de revisión de expediente anulando la expulsión de Samuel, tras haber acreditado su pasaporte camerunés «en el que se determina la minoría de edad».

El propio ICASS expone que tres meses después, el 3 de junio de 2016, «solicita a la Fiscalía la realización de pruebas de edad a este ciudadano o que se ratifique en el decreto anterior, que determinó la mayoría de edad del mismo«, y lo justifica en que «siguió el Protocolo marco sobre determinadas actuaciones en relación con los menores extranjeros no acompañados».

Con ese acto, aunque niega haber reactivado la expulsión, de facto el ICASS reactivó el procedimiento de expulsión del menor camerunés, que había quedado archivado después de un primer recurso estimado por el Estado.

Porque anteriormente, como relata el propio ICASS, el 15 de  abril de 2015, el «ciudadano» camerunés dio ante la Policía como fecha de su nacimiento el 15 de junio de 1999″, por lo que «el ICASS en ese momento, y al tratarse de un extranjero cuya minoría de edad no puede determinarse con seguridad, le presta asistencia inmediata, que en Cantabria se da a través de los centros de primera acogida específicos para menores extranjeros no acompañados».

Es entonces cuando el ICASS se dirigió por primera vez a la Fiscalía para solicitar que ordenara la práctica de pruebas de edad a Samuel, que se realizan el 17 de abril de 2015. Las pruebas, como ha informado EL FARADIO, dan como resultado que el ciudadano tiene «18 o más años». Y el 23 de abril de 2015 se dicta decreto fiscal que determina su mayoría de edad «por lo que el ICASS dicta resolución de cese de atención inmediata».

Pero en septiembre del pasado año, como también relata Lois, se recurre esta resolución, lo que da lugar a un procedimiento de oposición a medidas de protección a menores seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº9 de Santander,

Un procedimiento en el que  Delegación del Gobierno resuelve estimar el recurso extraordinario de revisión de expediente de expulsión por haber presentado pasaporte camerunés  en el que se determina la minoría de edad y, por tanto, no hay lugar a la expulsión del «ciudadano».

En un comunicado en el que el Gobierno se cuida mucho en referirse a Samuel como un menor y siempre lo cita como un ciudadano, admite que como consecuencia de ello, el 3 de marzo de 2016, el ICASS dicta acuerdo de incoación de expediente de protección y resolución de ingreso en el Centro de Primera Acogida, al considerarle menor de edad.

Pero que el 3 de junio de 2016, y siguiendo el ‘Protocolo marco sobre  determinadas actuaciones en relación con los menores extranjeros no acompañados’, solicita a la Fiscalía «la realización de pruebas de edad a este ciudadano o que se ratifique en el decreto anterior, que determinó la mayoría de edad del mismo».

Es decir, una vez que estaba archivado el caso, admitido su pasaporte y su minoría de edad, el ICASS vuelve a dirigirse a Fiscalía para que determine la mayoría de edad de Samuel.

Seguidamente, la directora del departamento que depende de la macroconsejería de Eva Díaz Tezanos (PSOE), subraya que el Protocolo Marco establece como causa para que un pasaporte no acredite la minoría que “sean contradictorios con previas pruebas médicas sobre la edad o filiación del titular del documento, practicas a instancia del Ministerio Fiscal o por otra autoridad judicial, administrativa o diplomática española”.

Y añade que “la entidad pública de protección de menores no puede, unilateralmente, fijar una edad distinta a la propiamente establecida en el decreto del Ministerio Fiscal”.

Finalmente, el 9 de junio de 2016, como admite el ICASS, la Fiscalía responde con una «negativa a abrir un expediente de determinación de edad», por lo que el Gobierno de Cantabria «dio por válido el decreto anterior de la Fiscalía, en el que se determinaba la mayoría de edad de este ciudadano, y en consecuencia dictó el 23 de junio de 2016 resolución de cese de guarda y cierre y archivo de expediente de protección».

La directora del ICASS ha encabezado su versión manifestando que “incluso desconoce de manera oficial que se haya producido esta expulsión» (no se ha producido, porque está recurrida, como aparece especificado en la información exclusiva de EL FARADIO, pero sí ha empezado a contar el plazo de los 30 días para que Samuel abandone voluntariamente el país).

Finalmente, ha recordado que “Cantabria garantiza la atención pública a todo menor en situación de desprotección, a través de la red de recursos públicos”, pero ha matizado que el instituto siempre actuará conforme a los decretos que dicte la Fiscalía.

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