El Ayuntamiento abre expediente a La Campa por no devolver las entradas de Guetta

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El Ayuntamiento de Santander ha iniciado el expediente sancionador a la UTE La Campa para que se apliquen las medidas previstas en la Ley de Cantabria de Defensa de los Consumidores y Usuarios por no haber devuelto el importe de las entradas a las personas que adquirieron la suya para el concierto de David Guetta, que se tenía que celebrar el 28 de julio y fue cancelado.

David Guetta

La Junta de Gobierno Local ha aprobado la incoación de este expediente, que se notificará ahora a los interesados, así como al administrador concursal nombrado tras la solicitud de concurso de acreedores por parte de una de las dos empresas integrantes de la UTE (Delfuego Booking) y al Gobierno de Cantabria, competente en materia de consumo. El Consistorio no ha precisado la cantidad a la que ascendería la sanción.

Los hechos que motivan la incoación del procedimiento sancionador son la cancelación del concierto de David Guetta, la negativa, por parte de la empresa organizadora, al reintegro de cantidad alguna, pese a haber sido conminada a ello y el número de personas afectadas por la cancelación del evento, que se cifra en 10.000.

Asimismo, tras concluir el expediente informativo abierto a la UTE La Campa a raíz de la incomparecencia de David Guetta en el concierto que debía ofrecer el 28 de julio en la ciudad, se determinó que se aplicarán también las medidas previstas en la Ley de Espectáculos, lo que se llevará a cabo a través de un expediente adicional que empezará a tramitarse próximamente.

La concejala de Dinamización Social y Relaciones Institucionales, Lorena Gutiérrez, ha recalcado que ambos expedientes tienen como finalidad, al margen de las sanciones que puedan llevar aparejadas, el resarcimiento de los daños y perjuicios causados a los asistentes al concierto.

La concejala ha recordado que el Ayuntamiento abrió, el 30 de julio, un expediente informativo encaminado en tres direcciones: esclarecer los hechos producidos, instar al resarcimiento de los daños causados a los interesados y depurar las posibles responsabilidades en las que hubieran podido incurrir los agentes intervinientes.

Asimismo, se requirió a la UTE que precisara las actuaciones que tenía previsto llevar a cabo en relación con la devolución del precio de las entradas al público asistente al concierto, un requerimiento que se volvió a plantear el 24 de agosto, informando a la empresa de que, como organizadora única de los conciertos y perceptora del precio de las entradas, debían adquirir un compromiso firme con los asistentes al concierto para la devolución del dinero abonado, algo que, hasta ahora, no se ha producido.

El día 21 de septiembre se recibió la respuesta por parte de la UTE La Campa, en el que se señala que la empresa Delfuego Booking, S.L, responsable solidaria de la UTE, se encuentra en situación de concurso voluntario de acreedores pero seguía sin aclarar, pese a los reiterados requerimientos realizados por el Ayuntamiento, el modo en el que iba a proceder para devolver el importe de las entradas y sin aportar garantías de que iba a cumplir con esta obligación.

Ese mismo día se dio por cerrado el expediente informativo, dando traslado del mismo a los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Santander para que valorasen qué acciones pueden emprender para exigir responsabilidad a los agentes implicados, cómo se puede resarcir a los afectados por la cancelación de dicho evento y cómo afecta a la adjudicación de la licencia de ocupación de la Campa de La Magdalena.

El informe jurídico estableció que, en virtud de la Ley de Espectáculos, podrían ser sancionados tanto la empresa organizadora, por incumplir las condiciones de venta de las entradas y abonos al no haber reintegrado el importe de los mismos, como el artista David Guetta, si se acreditase que su incomparecencia ha sido intencionada o que no obedece a causas de fuerza mayor.

Estos hechos también podrían constituir una infracción a la legislación relativa a la defensa de los consumidores y usuarios, motivo por el cual el Ayuntamiento inicia un expediente sancionador conforme a ambas normas (Ley de Espectáculos y de defensa de los consumidores).

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