Las afectadas por el IRPF de maternidad celebran el cambio de postura del Gobierno: “Ha sido empático y comprensivo”

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Las madres y padres que contaban con una resolución o sentencia firme contraria a la devolución del IRPF por la prestación de maternidad o paternidad podrán recibir la devolución mediando una nueva solicitud posterior a la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 3 de octubre.

Así lo ha comunicado la ministra de Hacienda en funciones, María Jesús Montero, a las representantes de la asociación de ‘Afectadas y Afectados por el IRPF de maternidad’ que acoge a las afectadas y afectados que, precisamente, con sus reclamaciones, propiciaron el cambio de doctrina.

Madre con su bebé.

“Hemos conseguido que Hacienda entienda nuestra propuesta y que su posición era absolutamente injusta y discriminatoria hacia nosotras”, ha celebrado la portavoz de las afectadas en Cantabria, Alexandra Fernández, que lleva desde antes de la sentencia del Supremo luchando para que le devuelvan lo que le retuvo Hacienda en el año 2014 por la prestación por maternidad.

“La ministra ha mostrado su lado más humano con nosotras”, ha asegurado en declaraciones a EL FARADIO, en las que ha agradecido la movilización de la asociación, que aúna a 740 afectadas y 56 afectados y a los medios de comunicación por la difusión de sus casos.

“El Gobierno ha sido empático y comprensivo dando una solución para todas las personas que están en nuestra situación y solo esperamos que esto se aplique en las Diputaciones forales”, ha añadido Fernández, ya que ha explicado que en País Vasco y Navarra la situación es “más compleja” y están a expensas de que decidan seguir las directrices del Gobierno central, como así tendrán que hacer las demás comunidades.

Los beneficiados de este anuncio son aquellos hombres y, sobre todo, mujeres que habían solicitado la resolución y cuyas reclamaciones se habían denegado antes de octubre de 2018. Además, la ministra ha pedido a los servicios jurídicos del Ministerio de Hacienda que revise también las circunstancias de quienes reclamaron en los años 2012 y 2013, por ser las impulsoras de la paralización del cobro y de esta modificación. En los casos de 2014 en adelante, al contrario que en esos años, se trata de ejercicios que aún no han sido prescritos.

La Agencia Tributaria estima que la decisión puede beneficiar a unos 8.000 contribuyentes.

EL PROCESO DE DEVOLUCIÓN

Después de que el Tribunal Supremo dictaminara el 3 de octubre de 2018 que las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF, el Ministerio de Hacienda puso en marcha el pasado diciembre un proceso de devolución de dicho cobro para los ejercicios no prescritos (2014-2018).

Para la devolución, la Agencia Tributaria puso en marcha un proceso sencillo y ágil que ha permitido devolver hasta la fecha 960 millones de euros.

En el mes de diciembre, el Gobierno publicó un Real Decreto, que también ha extendido a los empleados públicos que perciben permisos de maternidad y paternidad a través de las mutualidades de previsión social.

Por tanto, en ambos supuestos se extiende el derecho a la devolución, si bien el procedimiento para el contribuyente es distinto. Para los años 2014 a 2017, las madres y padres deberán presentar una solicitud de devolución a través del mismo formulario electrónico habilitado por la Agencia Tributaria que venían utilizando desde diciembre pasado los solicitantes.

El plazo para solicitar la devolución del IRPF de la prestación por maternidad del ejercicio 2014 concluye el 1 de julio de 2019, cuando se cumplen los cuatro años que marca la legislación.

Para los supuestos de años anteriores no prescritos, la fórmula será la de una solicitud ordinaria en la que el solicitante aporta su nombre, apellidos y NIF, junto con el año de percepción de la prestación y el número IBAN de una cuenta bancaria de la que sea titular. Esa solicitud la presentará, bien por registro electrónico, bien en cualquier registro de la Administración.

Todas aquellas madres y padres para quienes ahora se extiende el derecho a la devolución y que ya hubiesen presentado la solicitud tras el fallo del Supremo, no necesitarán volver a presentarla ahora, dado que se tramitará esa misma solicitud.

En el caso de que esta segunda solicitud se hubiera resuelto en sentido negativo, el interesado deberá remitir un escrito a la Agencia Tributaria mostrando su oposición a esa resolución y la Administración actuará procediendo a la devolución.

RITMO DE DEVOLUCIONES

La Agencia Tributaria calcula que más de 734.000 madres y padres han recibido hasta el pasado 11 de junio la devolución de las retenciones del IRPF referidas al periodo 2014-2017.

En concreto, la suma de las cantidades reintegradas hasta la fecha (devolución más intereses) supera los 960 millones de euros. Así, los contribuyentes con derecho a devolución han recibido 1.309 euros de media. Las madres han percibido de media 2.066 euros y los padres 483 euros.

La idea es que, en el plazo de tres o cuatro meses, el 100% de las madres y padres afectados a nivel estatal recibirán el IRPF que se les había retenido, con un coste de unos diez o doce millones de euros.

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