Liberbank podría ser juzgado por estafa por la venta de preferentes a un discapacitado

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En el día internacional de las personas con discapacidad, se ha conocido que Liberbank podría enfrentarse a un juicio por estafa por la venta de participaciones preferentes a una persona que había sido declarada incapaz.

En este caso, el varapalo judicial es doble: por un lado, el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Santander ha condenado al banco en el que se integra la antigua Caja Cantabria a que devuelva unas preferentes por valor de 35.000 euros.

Pero además, remite esta sentencia a otro juzgado, de instrucción (es decir, de los que tramitan inicialmente las causas) para que investigue si en esos hechos puede darse otro delito, el de estafa.

En 2006, la persona que suscribió las preferentes de Liberbank había sido declarada “incapaz para el gobierno de su persona y bienes” por una sentencia judicial.

De fondo, lo que sucede siempre en las preferentes, tal y como constatan las sucesivas sentencias judiciales que se le comienzan a acumular a Liberbank: la falta de información sobre este producto que tiene retenidos los ahorros de unos 9.000 cántabros.

En su resolución, el juez entiende que el hombre incurrió en un “error absoluto, esencial, sustancial y excusable sobre el contrato litigioso” debido a la “mala praxis de la entidad bancaria”.

Por un lado, no se le informó en ningún momento de que con este producto de “alto riesgo” había una fuerte posibilidad de perder todo el capital invertido, ““incumpliendo de forma flagrante sus obligaciones legales, vendió a una persona incapaz un producto bancario de alto riesgo”.

Por otro, el fallo incide en que el producto era “perjudicial” para el hombre pero “muy beneficioso” para la capitalización de la propia Liberbank.

HERENCIA

Los hechos enjuiciados se remontan a 2006, cuando el hombre suscribió 110 títulos de participaciones preferentes por valor de 35.000 euros, pese a que en 2004 había sido declarado incapaz por sentencia judicial. Dos años después, falleció y su heredera pasó a formalizar con el banco el contrato de preferentes.

En 2012 la heredera presentó demanda en el Juzgado contra Liberbank solicitando la nulidad del citado contrato, lo que rechaza la entidad bancaria al considerar que no es la persona que adquirió las participaciones y que se suministró una “completa información” acerca del producto antes de la firma del acuerdo.

El juez, sin embargo, afirma que la mujer “está perfectamente legitimada” para presentar la demanda pues “es la única titular de las mismas”, al tiempo que rechaza el argumento del banco acerca de la completa información suministrada.

SIN INFORMACIÓN

La sentencia hecha en falta el contrato de preferentes, no aportado en la causa, y sin el cual “difícilmente puede darse por probado que la demandada informara de forma completa, precisa, adecuada e individualizada al perfil del cliente, sobre los riesgos que la inversión incorporaba, y sobre todo, sobre que el dinero entregado pudiera perderse en su totalidad”.

En la misma línea que la primera sentencia emitida por el Juzgado especializado de Preferentes, este fallo insiste en que la información debe ser “individualizada”, personalizada.

Al contrario, los documentos que se le entregaron “se limitan a describir, con un lenguaje críptico y técnico la forma en que se desenvolverán los servicios financieros prestados por la entidad bancaria”.

En definitiva, Liberbank suministró a la parte demandante una información “tan incompleta y sesgada” sobre el producto que lo que el cliente sabía “fue totalmente erróneo” y, al final “en vez de procurarle una inversión segura, adecuada a su perfil de cliente minorista y conservador, les embarcó en una inversión de alto riesgo, con las consecuencias no queridas de pérdida total del nominal invertido”.

MÁS SENTENCIAS

Empieza a haber acumulado de sentencias contra preferentes, y coinciden en definir este producto como una especie de “deuda perpetua” que en muchas ocasiones no puede devolverse, al depender de beneficios de la entidad, que puede usarlas para cubrir sus pérdidas.

El dinero, que se generaba en su venta en un mercado secundario, “deviene prácticamente irrecuperable”.

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