La Oficina de Emergencia Habitacional ha gestionado unos 300 casos desde su inicio

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La Oficina de Emergencia Habitacional del Gobierno de Cantabria ha gestionado 296 casos desde su puesta en funcionamiento a principio de legislatura y en dos años se han atendido más de 650 solicitudes.

El Gobierno de Cantabria ha habilitado una oficina específica para situaciones de emergencia relacionadas con la vivienda.

Del total de casos atendidos, 87 se han resuelto favorablemente mediante acuerdo. Concretamente, 35 han sido acometidas con entidades financieras, mientras que los 52 restantes lo han hecho con otro tipo de acreedor.

Asimismo, de los 296 casos gestionados, 124 han requerido del Servicio de Intermediación Hipotecaria, bien porque los afectados se encontraban inmersos en procedimientos de ejecución hipotecaria o porque necesitaban renegociar con la entidad financiera las condiciones del préstamo hipotecario; 85 han sido tratados por impago de las cuotas de alquiler de vivienda, y se han presentado un total de 87 solicitudes de vivienda en régimen de alquiler social.

En este sentido, se han llevado a cabo 69 contratos de arrendamiento, siendo 19 ordinarios y 50 en régimen de alquiler social, además de prorrogarse 28 contratos; 26 en alquiler social y 2 de alquiler ordinario.

LA OFICINA

La Oficina de Intermediación Hipotecaria y de Emergencia Habitacional ofrece un servicio público, gratuito y extrajudicial, habilitado por el Gobierno regional para atender aquellas situaciones de emergencia habitacional que se presenten en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

La Oficina atiende casos de emergencia habitacional

Sus servicios van destinados a personas que carezcan de recursos suficientes para hacer frente al pago de sus deudas y hayan sido expulsadas de su vivienda o se encuentran en riesgo inminente de serlo, en virtud de una orden judicial o venta extrajudicial; que estén habitando en infraviviendas o en inmuebles no destinados a vivienda o que carezcan de cédula de habitabilidad y no reúnan las condiciones mínimas para su obtención o, bien, que hayan perdido su vivienda por circunstancias anormales sobrevenidas e involuntarias, tales como incendios no intencionados, declaración de ruina inminente, o fenómenos naturales o meteorológicos adversos.

Para ser destinatario de los servicios de la misma, la persona afectada debe tener el domicilio fiscal en Cantabria y carecer de otra vivienda en propiedad o con derecho de uso.

La Oficina ofrece un servicio de intermediación con las entidades bancarias en los procedimientos de ejecución hipotecaria, junto con la oferta de una solución para aquellas personas que se encuentren en situación de emergencia en relación con su vivienda y, finalmente, orientación, asesoramiento y soporte en la tramitación de las ayudas previstas en el Fondo de Emergencia Habitacional del Gobierno regional.

El horario de atención es de lunes a viernes en la calle Juan de Herrera 2-4, 5ª planta, de Santander y es preciso solicitar cita previa en los números de teléfono 942 31 89 32 y 942 31 89 80.

Los interesados también pueden dirigirse a través de internet en el correo electrónico emergenciahabitacional@gesvican.es y encontrar toda la información en www.emergenciahabitacionalcantabria.gesvican.es.

OFENSIVA PARA AMPLIAR LOS SUPUESTOS DE EMERGENCIA HABITACIONAL

El diputado de Podemos, José Ramón Blanco, que fue portavoz de la PAH de Santander, presentaba recientemente la propuesta de modificación de la Ley de Vivienda Protegida que plantea Podemos Cantabria para aumentar los supuestos que regulan la situación de emergencia habitacional . 

Más de medio centenar de personas se concentraron para paralizar un desahucio en Gama

Tal y como explicaba Blanco, Podemos toma esta decisión porque el artículo 57 de la ley 5/2014 de Vivienda Protegida de Cantabria establece que sólo están en situación de emergencia las personas que han pedido su vivienda por haber sido lanzadas de la misma o exista ya una orden judicial para llevar a cabo el lanzamiento, aquellas que habiten en infraviviendas, o cuando hayan perdido la vivienda por circunstancias sobrevenidas como incendios o fenómenos naturales o meteorológicos. “Es decir, todas aquellas personas que tengan un problema de emergencia habitacional en casos en los que no hay un Auto Judicial no pueden ser atendidas por la Oficina de Emergencia Habitacional”, señalaba.

Blanco también ha explicado que esta modificación estaba incluida en las enmiendas que Podemos presentó la Ley de acompañamiento a petición de los trabajadores y de familias afectadas por este grave problema,  aunque fue rechazada.

Además, Podemos también solicita mejorar los estándares de construcción de las viviendas que se van a destinar a personas con pocos recursos para mejorar las condiciones térmicas y de eficiencia energética, como herramienta para luchar contra las situaciones de pobreza energética.

En concreto, Podemos quiere que, para alcanzar la calificación de vivienda protegida los nuevos edificios que se construyan deberán disponer de instalaciones de aprovechamiento de energías renovables, incluyendo tanto sistemas de aprovechamiento térmico como de generación eléctrica y hasta que se concreten normativamente los criterios que deben seguirse para entender que un edificio o vivienda es de “consumo de energía casi nulo” se deberá contar, como mínimo, con calificación energética tipo A.

Además, serán los técnicos de la administración quienes certifiquen con carácter previo que los proyectos presentados cumplen estos criterios y llevarán a cabo controles previos y finales necesarios para determinar si se ajustan a estos estándares.

LA PAH PIDE A LOS PARTIDOS QUE RESPALDEN LA LEY ESTATAL

Y además, la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) de Santander registraba hace semanas en el Parlamento una petición para que este órgano envíe al Congreso de los Diputados la ley de vivienda que promueve a nivel estatal este colectivo antidesahucios.

Es decir, lo que se plantea es que, al margen de que se empezara a tramitar en el Congreso esa ley, con cinco medidas muy concretas (“las cinco de la PAH”), sea Cantabria la que pida que se empiece a tramitar en Madrid. Es una posibilidad recogida en el artículo 87.3 de la Constitución y supondría una mayor carga de legitimidad a la hora de abordar esta reforma legislativa, presentada de forma paralela en el Congreso hace dos semanas  (el mismo día que en Cantabria se producía un caso de desahucio que pudo ser paralizado, temporalmente) que además se pide que se haga por urgencia.

Miembros de la PAH en el Parlamento de Cantabria registrando su propuesta

En Cantabria PRC, PSOE y Podemos ya firmaron en su día su apoyo expreso a las medidas de esta ley, por lo que la PAH entiende que ahora apoyar esta tramitación “no les debería suponer ningún problema”.

La ley recoge medidas que parten de propuestas de las propias familias afectadas y que han logrado el apoyo de más de 200 organizaciones o colectivos. La PAH reclama por tanto su origen desde la sociedad civil, y recuerda que el Gobierno del PP podría interponer un veto al proyecto, tiene de plazo hasta el mes de marzo para presentar un veto que sería “vetar a la democracia y a las familias”.

Esta iniciativa contempla cinco puntos clave que nacen de las demandas de los colectivos antidesahucios y de protección del derecho a la vivienda: dación en pago retroactiva, alquiler asequible y estable, stop desahucios, vivienda social y suministros garantizados.

Además de la dación en pago, el primero de los puntos incluye la condonación de la deuda o la eliminación de las cláusulas abusivas y la compensación económica por las mismas, mientras que en el segundo, la PAH demanda un marco regulatorio de los precios que corresponda a los ingresos de la población.

En el apartado de no más desahucios, destacan las peticiones de moratoria sobre desahucios de primera y única vivienda, la obligatoriedad de bancos y grandes tenedores de vivienda de ofrecer el alquiler social a las familias afectadas antes de ejecutar el desahucio y la de la Administración Pública a ofrecer realojos incluso frente a casos de ocupación, asegurando el Derecho de Arraigo en los mismos, ofreciéndoles en el mismo municipio o barrio.

Desde el colectivo antidesahucios consideran que la nueva Ley ha de incrementar el parque público de vivienda, con alquileres sociales no superiores al 30% de los ingresos de la unidad familiar y defienden la obligatoriedad de movilización de la vivienda vacía.

Por último, apuestan por el principio de precaución en el suministro de servicios básicos como agua, luz o gas, una tarifa social en función de la capacidad adquisitiva y que la Administración no asuma las deudas sino que deben ser las suministradoras las que asuman el coste de las familias que no puedan pagar.

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