Uno de los promotores del proyecto de la Ciudad del Cine, condenado a prisión por apropiación indebida
La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a prisión por un delito de apropiación indebida a José Santiago Chauffert, uno de los promotores del proyecto de la Ciudad del Cine que se ideó para la zona de Cuchía que nunca llegó a ver la luz.
En concreto, según adelanta el periódico El Heraldo de Aragón, la condena es a tres años de prisión, una multa de 1.920 euros y a devolver 329.450 euros a los empresarios zaragozanos que invirtieron en el proyecto, al considerar probado que se quedó con los fondos recaudados. No obstante, el condenado se ha declarado insolvente y se le absuelve del delito de estafa por el que también se le acusaba.
Tal y como detalla El Heraldo haciéndose eco de la sentencia, José Santiago Chauffert era el administrador en España de VFM Investments Group For Europe, filial de una sociedad con sede en Miami de la que formaba parte Armando Valladares, embajador de Estados Unidos ante las Naciones Unidas, según declaró en el juicio.
En 2008, presentó al Gobierno de Cantabria, liderado entonces liderado por Miguel Ángel Revilla, toda la documentación de la Ciudad del Cine, para la antigua cantera de Cuchía, en Miengo. El Ejecutivo autonómico le dio su visto bueno y llegó a declararlo «proyecto singular de especial interés» el 31 de julio de 2008.
También se cuenta como el acusado, ayudado por su esposa, captaba fondos y mostraba a los empresarios a los que quería captar fotos de personas célebres que apoyaban la Ciudad del Cine de Cantabria, como los Reyes, futbolistas y políticos.
«En ningún caso consta en el contrato que el dinero que ingresaban los inversores pudiera ser empleado por el acusado en desarrollar el proyecto. De hecho, las cantidades que abonaban iban destinadas a reservar su participación en la ejecución civil del proyecto, es decir, en la prestación de sus servicios profesionales cada uno en los sectores en los que trabajaban, ya fuera de excavación y levantamiento de tierras, construcción, seguridad privada, limpieza y mantenimiento, etc.», recoge la sentencia de la Audiencia Provincial, que no es firme.