El camino a la perpetuación de las leyes mordaza

Darío Serrano es abogado y miembro de la Asamblea Cántabra por las Libertades y contra la Represión
Tiempo de lectura: 4 min

DARIO SERRANO, abogado y miembro de LIBRES (Asamblea Cántabra por las Libertades y contra la Represión) ||

La trampa se venía venir desde hace meses, concretamente desde las primeras reformas propuestas por PNV y PSOE en las que ya se evitaba incluir en el debate a la sociedad civil, a los actores sociales y a las asociaciones activistas. Se trataba de “parchear” el texto de la Ley de Seguridad Ciudadana para conseguir que NO CAMBIASE NADA.

Siguiendo esta senda, hemos llegado hasta aquí; hasta las propuestas que el PNV y el PSOE nos quieren seguir vendiendo como “el camino a la derogación de la ley mordaza (sic)” y que son las siguientes:

1.- Una definición de “seguridad ciudadana”
Nos cuentan que van a redactar una definición “más aproximada a garantizar los derechos y las libertades frente a las arbitrariedades”. Es decir, otro cajón de sastre en el que cabe todo y todo vale.

Pero lo peor es que no criticábamos sólo la ambigüedad en la que incurre la definición de “seguridad ciudadana” (que también), sino sobre todo en el articulado de sus leyes que abusan del uso de conceptos jurídicos indeterminados y genéricos y que nos dejan en una situación de indefensión frente a la norma.

En otras palabras, se cambia el título, pero el guión de la comedia es el mismo

2.- Límites y derechos en los registros corporales
La actual Ley de Seguridad Ciudadana ya prevé que los registros que impliquen desnudos deben realizarse en lugares apartados, fuera de la vista de terceros y por agentes del mismo sexo salvo que “percibieran un riesgo inminente”. Ahora se pretende que sean realizados “con carácter general” en dependencias policiales. Es decir, de un trámite inmediato y rápido pasamos a un desplazamiento y a una estancia en comisaría con todos los perjuicios a ello inherentes. Toda una mejora.

Obsérvese que se refiere sólo a los registros “corporales” y no a los domiciliarios. La actual Ley Mordaza recoge la posibilidad de entrada y registro en domicilios en diferentes supuestos, algunos de los cuales son competencia municipal y pueden ser usados para facilitar desalojos ilegales. Existe, además, una potestad de entrada en edificios de entidades públicas sin necesidad de autorización previa que, nuevamente, puede ser utilizado como excusa general para desalojar actos de protesta.

3.- Retención en dependencias policiales
Se pretende reducir el tiempo máximo de retención en dependencias policiales de 6 horas a “el tiempo medio que los agentes tardan en identificar a una persona”.

Olvidan que aquí lo que realmente se cuestiona es la propia figura de la “retención” y no que su duración máxima sea de 6, 5 ó 4 horas. Olvidan también regular de manera más garantista los supuestos en los que se puede requerir la documentación a fin de evitar controles de identidad discriminatorios y la posibilidad de concretar con rigor los derechos que asisten a la persona “retenida” para ser identificada.

4.- Despenalizar la toma de imágenes a policías
Otra trampa: En la vigente Ley Mordaza está permitida la toma de fotos a policías; únicamente está proscrito su USO no autorizado y ello cuando pueda poner en peligro o riesgo la seguridad personal o familiar de los agentes.

Añadir al sustantivo “riesgo” el adjetivo “real” no cambia NADA. Puro maquillaje

5.- Responsables de actos violentos
También es puro tratamiento cosmético el “acuerdo para delimitar la responsabilidad de los organizadores y promotores de manifestaciones y reuniones cuando se haya dispuesto de las medidas de seguridad a su alcance (diálogo con la administración, instrucciones para guiar una marcha por una vía pública …)”.

El paternalismo de la propuesta de reforma ya llama a risa, pero lo peor es que olvida que el vigente Código Penal, reformado paralelamente a la Ley de Seguridad Ciudadana, introdujo en su art. 557 una pena de hasta 3 años de cárcel para los que actúen sobre un grupo o sus individuos incitándoles a realizar desórdenes públicos o reforzando su disposición a llevarlos a cabo, aumentando la pena hasta los 6 años de prisión cuando los desórdenes se lleven a cabo en una manifestación, reunión numerosa o con ocasión de alguna de ellas.

En efecto, no se trata de Ley Mordaza, sino de leyes mordaza. De manera que variando una, no solucionamos el problema.

Debemos recordar que la propuesta realizada por el PSOE en su día recuperaba la posibilidad de efectuar controles en la vía pública o en carretera para “el descubrimiento y detención de los partícipes en un hecho delictivo causante de grave alarma social”, sin describir a qué supuestos se refería; que la propuesta del PNV mantenía el Registro Central de Infracciones contra la seguridad ciudadana; que ambas propuestas mantenían o incrementaban los supuestos de infracciones y, sobre todo, que garantizaban la presunción de veracidad de las declaraciones de los agentes de la autoridad.

De las “devoluciones en caliente” no hay noticia, claro.

  • Este espacio es para opinar sobre las noticias y artículos de El Faradio, para comentar, enriquecer y aportar claves para su análisis.
  • No es un espacio para el insulto y la confrontación.
  • El espacio y el tiempo de nuestros lectores son limitados. Respetáis a todos si tratáis de ser concisos y directos.
  • No es el lugar desde donde difundir publicidad ni noticias. Si tienes una historia o rumor que quieras que contrastemos, contacta con el autor de las informaciones por Twitter o envíanos un correo a info@emmedios.com, y nosotros lo verificaremos para poder publicarlo.