Últimos días para solicitar las bonificaciones del IBI para el fomento de la actividad

Las nuevas bonificaciones son para inmuebles destinados a actividades que promuevan el fomento de la actividad económica y el mantenimiento del empleo y pueden solicitarse hasta el 1 de febrero
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Los interesados en obtener las nuevas bonificaciones del IBI para inmuebles destinados a las actividades que promuevan, por razones de interés público, el fomento de la actividad económica y el mantenimiento del empleo en la actual situación de crisis sanitaria motivada por la pandemia de la covid-19 tienen de plazo hasta el próximo 1 de febrero para hacer la solicitud.

El concejal de Economía y Hacienda, Víctor González-Huergo, ha recordado a los contribuyentes que dicha bonificación, exclusiva para 2021, es de carácter rogado por lo que deberá pedirse mediante impreso normalizado en las oficinas de gestión tributaria del Ayuntamiento.

La ayuda contempla una bonificación del 20% de la cuota íntegra del impuesto de los titulares que desarrollen una actividad económica cuyo uso catastral reconocido sea de Ocio y Hostelería, Cultural o Espectáculos, y otra del 10% para las de uso Comercial, Industrial, Oficinas, Sanidad o Deportivo, o bien, que estén incluidas en un Bien de Características Especiales.

Los requisitos para obtener la bonificación son que la actividad se ejerciera antes del 15 de marzo de 2020 y continúe ejerciéndose, al menos, hasta el 31 de diciembre de 2021, que coincida el uso catastral del inmueble y que se mantenga el número de puestos de trabajo entre las mismas fechas, incluyéndose los ERTEs, si los hubiera, justificándose con la pertinente resolución administrativa.

También se exige que el solicitante y el arrendatario se encuentren al corriente en el pago de las obligaciones tributarias o no tributarias con el Ayuntamiento de Santander en el momento de la solicitud.

En el caso de que el inmueble se encuentre alquilado y la actividad se ejerza por una persona distinta, será necesario que en el contrato de arrendamiento el inquilino asuma como obligación el pago del IBI.

Los documentos exigidos para acreditar la existencia de actividad en el inmueble son una declaración responsable y el compromiso de mantenimiento de los puestos de trabajo entre las fechas indicadas y, en el caso de inmuebles alquilados, una copia del contrato de arrendamiento.

TARJETA DE RESIDENTES DE LA OLA

Por su parte, el concejal de Protección Ciudadana, Pedro Nalda, ha recordado que los vecinos que aún no lo hayan hecho tienen de plazo hasta el 1 de febrero para proceder a la renovación de la tarjeta de residentes de la OLA para 2021.

El servicio ha establecido un nuevo sistema de cita previa, disponible a través del enlace web http://ola-santander.com/es, para garantizar así las medidas sanitarias y que los ciudadanos puedan llevar a cabo este trámite de forma presencial en la oficina del servicio sin aglomeraciones.

Para cualquier aclaración o información adicional, los vecinos pueden contactar en el teléfono 942 231 608, en la web www.ola-santander.com o en el enlace https://sede.santander.es/tramites/solicitud-tarjeta-residente-ola.

Un año más, Santander mantendrá congeladas las tarifas de la OLA para 2021, -como viene ocurriendo desde 2012-, de modo que volverán a ser “las más competitivas del norte de España y muy inferiores a las aplicadas en otras capitales autonómicas y ciudades del entorno”.

Las tarifas de la tarjeta de residente se mantendrán sin cambios, de modo que la tarjeta anual tendrá un coste de 27,85 euros y la tarjeta semestral de 16,50 euros.

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