Los tribunales confirman que los trabajadores de los almacenes de Lupa son almacenistas

La sentencia afecta a unos 250 trabajadores que, con este reconocimiento laboral, tendrán derecho a mejores retribuciones salariales.
Tiempo de lectura: 3 min

El Juzgado de lo Social 4 de Santander ha estimado parcialmente una demanda interpuesta por los sindicatos UGT y CCOO que reclamaba la aplicación del convenio colectivo de Almacenistas de Coloniales de Cantabria para el personal de los almacenes y de las oficinas del grupo empresarial Semark, propietario de los supermercados Lupa,ante un conflicto colectivo que se inició en los primeros meses de 2019.

La sentencia reconoce que al personal de los almacenes de Lupa se le tiene que aplicar el Convenio de Almacenistas de Coloniales de Cantabria en lugar de, como se venía haciendo hasta ahora, el de Detallistas de Alimentación de Cantabria, lo que se traduce en unas mejores retribuciones para los y las trabajadoras que trabajan en los almacenes, alrededor de 250 de una plantilla total de 2.200.

La sentencia estima parcialmente la demanda sindical porque acepta la aplicación del convenio colectivo regional de Almacenistas de Coloniales a los 168 trabajadores de los almacenes, aunque mantiene a algo más de un centenar de empleados de las oficinas en el convenio de Detallistas de Alimentación de Cantabria.

La sentencia recuerda otro fallo judicial anterior de diciembre de 2001 que desestimó la aplicación del convenio colectivo solicitado por los sindicatos para los trabajadores de almacenes y oficinas de Semark en el Polígono de Raos porque consideraba que su actividad era «la explotación de supermercados» y el convenio de aplicación era el de Detallistas de Alimentación.

Sin embargo, el Juzgado de lo Social 4 considera que, desde que el grupo empresarial Semark inauguró su nuevo centro logístico en Orejo (Marina de Cudeyo), éste «denota un funcionamiento autónomo del almacén que permite calificarlo como un centro de trabajo» y por tanto de aplicación del convenio colectivo de Almacenistas de Coloniales de Cantabria.

«La sentencia de 2001 se pronunció sobre la base de una concreta redacción de ámbito funcional pero ello no obsta a que las partes negociadoras del convenio puedan modificar las previsiones convencionales sobre el ámbito funcional, que es lo que ha sucedido en el presente caso», recalca el fallo judicial.

MEJORA EN LAS CONDICIONES

La Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC) de UGT se congratula de la sentencia del Juzgado de lo Social porque «simplemente permite aplicar a los trabajadores de almacenes el convenio colectivo que les correspondía por su propia actividad profesional».

El sindicato agrega que «el nuevo convenio que se aplicará a los trabajadores de almacenes mejora significativamente sus condiciones laborales, sociales y económicas»

Para Francisco Javier Escudero, delegado de la Sección Sindical de CCOO en Semark AC, «se trata de un éxito muy importante para nosotros después de un largo conflicto colectivo porque al personal afectado se le van a mejorar notablemente sus condiciones laborales y sus retribuciones y van a estar amparados por el convenio que les corresponde y no por el que les impuso la empresa. Por ejemplo, el incremento por antigüedad pasa del 5% al 7,5% mientras que la diferencia salarial por categoría es de 120 euros. Además, el Convenio de Almacenistas contempla también un plus de asistencia de 5 euros diarios».

El sindicato ha anunciado que están valorando alternativas y estudiando un posible recurso para conseguir que la aplicación del convenio de almacenistas se extienda también al personal de oficinas, ya que la sentencia desestima la pretensión de la aplicación del Convenio de Almacenistas de Coloniales de Cantabria al personal de oficinas.

«Ha sido un proceso largo y arduo que comenzó en mayo de 2019 con la demanda que presentamos sobre conflicto colectivo al considerar que los almacenistas y el personal de oficinas debían estar en el convenio de almacenes y no en el de detallistas. El proceso se paralizó porque la empresa impugnó el convenio y se reanudó en el verano de 2020, siendo el juicio el pasado 16 de enero. Ahora hemos conocido el fallo y estamos muy satisfechos. Se ha hecho justicia con un personal que estaba perdiendo dinero por estar afectado por un convenio distinto al que le correspondía», ha concluido Escudero.

 

  • Este espacio es para opinar sobre las noticias y artículos de El Faradio, para comentar, enriquecer y aportar claves para su análisis.
  • No es un espacio para el insulto y la confrontación.
  • El espacio y el tiempo de nuestros lectores son limitados. Respetáis a todos si tratáis de ser concisos y directos.
  • No es el lugar desde donde difundir publicidad ni noticias. Si tienes una historia o rumor que quieras que contrastemos, contacta con el autor de las informaciones por Twitter o envíanos un correo a info@emmedios.com, y nosotros lo verificaremos para poder publicarlo.