
Tener las escaleras mecánicas fuera de contrato resta garantías y control
El Ayuntamiento ha abonado a la empresa concesionaria del servicio de escaleras y rampas mecánicas en la ciudad 314.000 euros fuera de contrato.
Esto se debe a dos circunstancias:
-por un lado, no se prorrogó el contrato, posibilidad que existía y que de hecho, como ha contado esta semana EL FARADIO, el Ayuntamiento sí ha ejercido con la misma empresa, en otro servicio, el de los montacargas
-y, por otro, no se convocó a tiempo el nuevo concurso por el que una empresa aspirara y se llevara ese servicio, sin que hubiera vacío entre ellos.
Más allá de la mera gestión del contrato, prestar este –y otro servicios- sin el contrato que le dé cobertura, lo que supone que se deja de tener ciertas condiciones fijadas que van más allá de la estricta prestación del servicio y los aspectos económicos
Falta de control y problemas de seguridad
La ausencia de un contrato vigente afecta la calidad del servicio, la seguridad y el control presupuestario.
Según documentación examinada por EL FARADIO, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) del contrato anterior establecía sanciones en caso de incumplimientos, así como tiempos de respuesta ante incidencias y un mantenimiento programado para garantizar el correcto funcionamiento de las infraestructuras mecánicas. Sin contrato, la Administración carece de base legal para exigir el cumplimiento de estos criterios.
Implicaciones de un servicio fuera de contrato: El caso del mantenimiento de escaleras mecánicas en Santander
Operar un servicio público sin un contrato vigente, como es el caso del mantenimiento de las escaleras y rampas mecánicas en Santander, conlleva múltiples riesgos y carencias que afectan tanto a la administración como a los ciudadanos. Al analizar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) del contrato original, se identifican varias áreas críticas que, sin el respaldo contractual, quedan desprotegidas:
Ausencia de garantías de calidad y cumplimiento
El contrato exige que el servicio se preste con estándares de calidad específicos, con tiempos de respuesta ante incidencias y un mantenimiento programado que garantice la disponibilidad de las instalaciones. Sin contrato, no hay mecanismos para garantizar estos estándares ni para exigir el cumplimiento de los tiempos de respuesta.
Más allá de las cifras
El pliego del contrato anterior establecía penalizaciones en caso de incumplimientos o retrasos en el servicio. Esto incluía sanciones económicas por fallos en el mantenimiento preventivo o en la reparación de averías dentro de los plazos estipulados. Sin contrato, la administración carece de base legal para imponer estas sanciones, lo que puede traducirse en una menor diligencia por parte del prestador del servicio.
El pliego establecía que el contratista era responsable de los daños ocasionados por su personal o por deficiencias en el mantenimiento. Además, se especificaban medidas de seguridad que debían implementarse para garantizar la operatividad segura de las instalaciones. Sin contrato, la administración pierde capacidad de exigir estas responsabilidades y se expone a posibles reclamaciones por deficiencias en el servicio.
En lo laboral, el pliego original establecía criterios sobre la cualificación del personal y su disponibilidad para atender emergencias-
El contrato incluía cláusulas para la revisión de precios en función de factores como el IPC o el encarecimiento de materiales.
En general, la administración pierde capacidad de supervisión y control sobre la prestación del servicio, lo que puede afectar la eficiencia y seguridad de las infraestructuras, ya que el pliego obligaba al contratista a proporcionar información periódica sobre el estado de las instalaciones y las intervenciones realizadas.
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