Suben un 220% las mujeres que se acogen a la dispensa de declarar en casos de violencia machista en Cantabria

La negativa a testificar lleva a un alto número de sobreseimientos, que afectan al 46% de los casos. Solo se conceden el 63% de las órdenes de protección solicitadas.
Tiempo de lectura: 4 min

Durante el tercer trimestre de 2025, 112 mujeres víctimas de violencia machista en Cantabria se acogieron a la dispensa de declarar contra sus agresores, lo que supone un incremento del 220% respecto al mismo periodo del año anterior, cuando fueron 35 las mujeres que hicieron uso de este derecho.

Esta dispensa –liberación– de la declaración es algo común en todos los procesos legales: un testigo, que tiene la obligación legal de decir la verdad, puede rechazar declarar en un juicio contra su pareja o familia.

En los casos de violencia de género sucede que el principal testigo es la víctima (muchas veces, el único, si la agresión ha sido en la intimidad del hogar), y la relación con el acusado viene acompañada de dependencias económicas, emocionales, miedo al impacto en el resto de la familia…, que suponen extras añadidos que no se dan de forma tan pura en otros procesos legales-.

Esta dispensa del deber de declarar –regulada por el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal– fue utilizada por 16 de cada cien víctimas en Cantabria, una cifra superior a la media nacional, donde la ratio se sitúa en 11,1 por cada cien.

Esta situación tiene un impacto directo en la resolución de los procedimientos, ya que muchos de los sobreseimientos provisionales o sentencias absolutorias se deben precisamente a esta negativa a declarar: sin el testimonio de la víctima, y si no hay otras pruebas (partes de lesiones, declaraciones de otros testigos…), el proceso tiene más posibilidades de decaer.

De hecho, en el periodo analizado, el 46% de los procedimientos judiciales finalizó con sobreseimiento, de los que el 44,4% fueron provisionales y el 1,6% libres. El sobreseímiento no significa ni que los hechos no hayan sucedido ni que no haya un responsable (del mismo modo que no localizar a quien atropelló a alguien no significa que el atropello no se produjera).

Entre julio y septiembre de este año, los juzgados cántabros ingresaron 720 denuncias por violencia de género, una media de casi ocho al día, en las que aparecen como víctimas 698 mujeres. El número de víctimas aumentó un 20,8% respecto a 2024, cuando fueron 578. En términos relativos, Cantabria registra 23 víctimas por cada 10.000 mujeres, por encima de la media estatal, que es de 20.

Por otro lado, sólo se adoptan algo más de la mitad de las medidas de protección solicitadas. Se acordaron 91 órdenes de protección, el 63% de las 144 solicitadas: 72 de las 114 tramitadas en juzgados de violencia sobre la mujer, y 19 de las 30 presentadas en juzgados de guardia, que atienden durante fines de semana y festivos.

De las 698 mujeres víctimas, 391 eran españolas y 307 extranjeras. En la mayoría de los casos en los que se solicitaron medidas de protección, la mujer era española (72), frente a 42 extranjeras. Los hombres denunciados en estas órdenes fueron 77 españoles y 37 extranjeros.

La relación entre víctima y denunciado estaba rota en el 50,9% de los casos, mientras que en un 22,8% seguían juntos, en un 14% eran excónyuges y en un 12,3% estaban casados.

El 62% de las denuncias fueron presentadas directamente por la víctima. El 24,2% llegaron por intervención policial, el 10,3% por partes de lesiones, el 2,2% por servicios asistenciales o terceros, y el 1,4% por familiares. Es decir, un 38,1% de las denuncias provinieron de fuentes distintas a la propia mujer afectada.

En cuanto a la respuesta penal, 224 hombres fueron enjuiciados en Cantabria por violencia machista entre julio y septiembre, de los cuales 186 recibieron sentencia condenatoria, lo que supone un 83% del total.

Los tipos delictivos más frecuentes fueron los tipificados en el artículo 153 del Código Penal, que sanciona conductas sin lesiones o que requieren solo una primera asistencia médica. Estos representaron 350 casos, con penas de entre seis meses y un año de prisión. Le siguen los delitos del artículo 173, que castigan actitudes continuadas de maltrato psicológico, con 243 casos.

Además, se tramitaron 82 procedimientos por quebrantamiento de condena, 10 por quebrantamiento de medidas cautelares, 28 por delitos contra la libertad, 2 por delitos sexuales, 2 contra la integridad moral y 1 contra el honor. También se registraron 72 delitos leves por injurias y 20 por vejaciones injustas.

En el ámbito civil, 29 procedimientos se derivaron de denuncias por violencia de género: 13 divorcios, una separación, 6 sobre custodia de menores, 5 sobre modificación de medidas previas, 2 por filiación, uno por liquidación del régimen económico y uno contra una resolución de protección de menores.

Los datos proceden del informe trimestral del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, organismo dependiente del Consejo General del Poder Judicial.


🔗 Decide tú de qué se habla. Lucha contra el odio y rompe el algoritmo compartiendo esta información en tus redes o grupos de mensajería.
👥 Podemos informar sobre violencia machista gracias a apoyos como el tuyo. Súmate y hazte socia o socio de El Faradio por solo 8 euros al mes:
👉 Hazte socia/o


 

Mostrar comentarios [0]

Comentar

  • Este espacio es para opinar sobre las noticias y artículos de El Faradio, para comentar, enriquecer y aportar claves para su análisis.
  • No es un espacio para el insulto y la confrontación.
  • El espacio y el tiempo de nuestros lectores son limitados. Respetáis a todos si tratáis de ser concisos y directos.
  • No es el lugar desde donde difundir publicidad ni noticias. Si tienes una historia o rumor que quieras que contrastemos, contacta con el autor de las informaciones por Twitter o envíanos un correo a info@emmedios.com, y nosotros lo verificaremos para poder publicarlo.