El campo de concentración de La Magdalena usó el hacinamiento y la enfermedad como estrategia

El informe oficial para su declaración como Lugar de Memoria documenta cómo el franquismo utilizó el hacinamiento y la exposición pública del campo de La Magdalena como parte de su estrategia represiva y propagandística
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El campo de concentración franquista instalado en el Palacio de La Magdalena, en Santander, no fue únicamente un espacio de internamiento masivo tras la caída del Frente Norte, sino un dispositivo represivo pensado para ser visible, donde el hacinamiento estructural y las condiciones de vida extremas formaron parte de una estrategia de castigo y propaganda.

Así lo recoge el informe de viabilidad, consultado por EL FARADIO, un documento incorporado al expediente administrativo para su declaración como Lugar de Memoria Democrática, tramitado por el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.

Según el documento, el campo funcionó entre finales de agosto de 1937 y noviembre de 1939, en un contexto marcado por la derrota republicana en el norte y la imposibilidad de huida hacia Francia. Cantabria quedó aislada, con el mar como única salida, lo que provocó la captura de decenas de miles de combatientes y civiles. Sólo en la provincia se produjeron unas 50.000 rendiciones, una cifra que desbordó la capacidad represiva inicial del nuevo régimen.

En ese escenario, La Magdalena, investigado por el profesor Alberto Santamaría, se convirtió en uno de los principales campos de concentración del norte peninsular y, además, en uno de los primeros en ser utilizados como modelo para el sistema concentracionario franquista.

El informe destaca que fue también el campo más fotografiado en los primeros años de la dictadura. Las autoridades militares difundieron imágenes del recinto con una finalidad clara: mostrar el control absoluto del Estado sobre los vencidos y normalizar la reclusión masiva como parte del nuevo orden político.

La elección del emplazamiento no fue casual. El palacio se sitúa en una península cerrada, con accesos fácilmente controlables y sin vías de escape terrestre. El informe subraya que esta configuración geográfica facilitaba el aislamiento total de los prisioneros y reforzaba el carácter disciplinario del internamiento. El mensaje era doble: para los reclusos, la imposibilidad práctica de huir; para la población civil, la exhibición de un poder sin fisuras.

El internamiento se realizó en las caballerizas del Palacio –en las que apenas dos años antes había actuado La Barraca, la compañía de teatro universitario impulsada por la República y dirigida por Lorca–, un espacio con una capacidad máxima estimada de 600 personas, que llegó a albergar más de 1.600 prisioneros de forma simultánea.

El informe define esta situación como “hacinamiento estructural”, una expresión clave que indica que la saturación no fue puntual ni fruto de una emergencia temporal, sino una condición permanente y conocida por las autoridades responsables.

Lejos de adoptar medidas para aliviar la sobreocupación, el documento señala que el hacinamiento se mantuvo deliberadamente, convirtiéndose en un instrumento central del castigo. La falta de espacio, la ausencia de intimidad, el descanso insuficiente y la degradación física constante formaban parte de la experiencia cotidiana del internamiento. El informe descarta que se trate de un simple problema logístico y lo enmarca dentro del funcionamiento ordinario del sistema represivo franquista.

Las consecuencias sanitarias fueron inmediatas. La combinación de hacinamiento extremo, hambre, frío, humedad y falta de higiene favoreció la propagación de enfermedades infecciosas. El informe documenta la presencia de tifus, sarna y tuberculosis, sin que existieran mecanismos eficaces de atención médica ni de prevención. La enfermedad se convirtió así en una prolongación del castigo.

El documento vincula estas condiciones con una mortalidad elevada dentro del campo. Recoge testimonios que señalan que algunos cadáveres eran abandonados en la orilla del mar, para que las corrientes se los llevaran, y que otros internos pudieron ser ejecutados dentro del recinto. Estos hechos refuerzan la consideración del campo como un espacio de violaciones sistemáticas de derechos humanos, tal y como reconoce expresamente el acuerdo de incoación del procedimiento.

Mientras tanto, la imagen difundida hacia el exterior ocultaba esta realidad. Las fotografías mostraban orden, disciplina y sometimiento, pero silenciaban el hambre, la enfermedad y la muerte. El informe subraya que la propaganda no negaba la represión, sino que la convertía en espectáculo, utilizando el propio hacinamiento como demostración de poder.

Sobre esta base, el expediente concluye que La Magdalena reúne sobradamente los requisitos de singular relevancia histórica exigidos por la Ley 20/2022 de Memoria Democrática, y la identifica como un lugar donde se produjeron crímenes contrarios a los derechos humanos, lo que justifica su declaración como Lugar de Memoria Democrática, declaración impulsada por Héroes de la República y Delegación de Gobierno, y tramitada por el Gobierno central.

Cómo presentar alegaciones en positivo a favor de la declaración

El procedimiento se encuentra en fase de información pública, con un plazo de 20 días hábiles para presentar alegaciones que se extiende hasta febrero. Cualquier persona o entidad puede hacerlo, sin necesidad de vínculo directo con el lugar.

Para alegar en positivo, el escrito puede:

  • Respaldar expresamente la declaración de La Magdalena como Lugar de Memoria Democrática.
  • Subrayar la relevancia histórica acreditada en el informe, especialmente el uso del hacinamiento como castigo y propaganda.
  • Solicitar una señalización clara y visible que explique el funcionamiento del campo y sus condiciones de vida.
  • Pedir que se incorpore el lugar a itinerarios educativos y de memoria democrática.
  • Reforzar la necesidad de una difusión pública rigurosa, basada en documentación oficial.

Las alegaciones pueden presentarse en cualquier registro administrativo o por vía electrónica a través de la sede del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, conforme a la Ley 39/2015. Puede hacerse online desde este enlace.


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