La justicia avala el traslado de Golden Line a Valladolid

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El Juzgado de lo Social número 5 de Santander ha desestimado la demanda interpuesta por CGT, CC.OO. y UGT contra el grupo empresarial de telemarketing Konecta y ha declarado ajustada a derecho la decisión de la empresa de trasladar a los 152 trabajadores de Torrelavega a la sede de Valladolid.

Los sindicatos habían presentado demandas por despido colectivo, al entender que este traslado vulneraba los derechos de los trabajadores.

Entonces, el juez se basó en el «importante perjuicio que se generaba a los trabajadores en correlación con el escaso que se le producía a la empresa por la espera», que en principio se estimó en un mes pero luego se ha alargado.

Durante el juicio, Konecta alegó que al subrogarse el servicio de Vodafone que prestaba Golden Line en Valladolid y Torrelavega, el convenio del sector le permitía prescindir del 10% de la plantilla y sin embargo, no se ha acogido a este artículo, lo que en su opinión prueba su «buena fé».

A ello une los «distintos planteamientos» de la empresa para «reducir los efectos perjudiciales que podía tener la medida para los trabajadores», como «los ofrecimientos del abono de un viaje de ida y vuelta a Valladolid, las mudanzas a cargo de la empresa, el abono de la inmobiliaria especializada, valorar el pago de las fianzas, y sobre todo la ampliación del contrato a tiempo parcial a tiempo completo los trabajadores del traslado colectivo, cuando se trata de una empresa de contratación a tiempo parcial en porcentaje muy elevado».

Konecta cuantificó en 228.000 euros los costes fijos anuales del centro de Torrelavega (alquiler, limpieza, etc).

Para el juez, lo que se expone en ese informe, «muy favorable» a la unificación, es «de pleno sentido común, siendo fácil de compartir desde una óptica organizativa y productiva».

En cuanto a la falta de legitimación que los sindicatos achacan a Konecta y Golden Line para negociar -en agosto- el traslado colectivo que tenía que entrar en vigor el 1 de octubre, el juez considera que no hay infracción porque hayan intervenido las dos empresas, y que de hecho la habría habido si lo hubiese llevado a cabo únicamente la empresa titular en el momento de la negociación, Golden Line.

De esta forma, el juez refuta la alegación expresada por la Dirección General de Trabajo al tiempo que absuelve a Golden Line por no tener «ningún tipo de responsabilidad» en el traslado.

El magistrado, sin embargo, considera que el periodo de consultas se llevó a cabo «con la aportación de la memoria explicativa y el informe técnico en el que se basaba, sin ninguna doblez sobre las causas motivadoras y con distintos planteamientos y ofrecimientos para reducir los efectos perjudiciales que podía tener la medida para los trabajadores».

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