Registro de vivienda desocupada y solicitantes, alquiler social o regeneración urbana, ejes de IU Cantabria en el Proyecto de Ley que regula el derecho a la vivienda

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Izquierda Unida de Cantabria ha presentado al Gobierno de la comunidad los ejes “mínimos” que el proyecto de Ley que regula el derecho a la vivienda “debe incluir para dar respuesta a la demanda social y ser útil”.

El dirigente autonómico, Israel Ruiz Salmon, ha dado cuenta de las aportaciones que su formación ha hecho en el primer período de alegaciones a la futura norma de una materia, vivienda, “con plenas competencias en la comunidad autónoma de Cantabria y que no ha desarrollado todavía”.

“Cantabria tiene un problema de acceso a la vivienda, especialmente para la juventud, cuya participación activa en el mercado laboral todavía queda muy por debajo del resto de comunidades autónomas, con una alta temporalidad contractual y el salario por debajo de la media estatal”, afirmaba, según datos del último Observatorio de Emancipación del Consejo de la Juventud de España.

Es por ello que desde IU creen “urgente” aprobar un marco normativo, “ordenado y refundido” que unifique todas las leyes de este ámbito y “contribuya a solucionar la falta de acceso a la vivienda para las familias en condiciones dignas y permita la autonomía juvenil”.

Por ello, el primer paso debe ser la definición de ‘vivienda desocupada’ con carácter permanente como aquellas viviendas vacías por más de 6 meses, a las cuales los ayuntamientos podrían aplicar el recargo definido en el artículo 72 del RDLeg 2/2004 “si así lo desean”.

“Hace casi dos años el Gobierno central trasladó a las comunidades la autoridad sobre los criterios para definir qué es una vivienda desocupada y Cantabria no ha hecho absolutamente nada”, señalaba.

Con este paso, explican, desde el ámbito autonómico se podrá coordinar con las entidades locales un registro o padrón estadístico de viviendas desocupadas con carácter anual, que pasarán a considerarse deshabitadas a los dos años, momento en que el organismo competente podrá hacer uso de un régimen sancionador para estas viviendas, a excepción de las desocupadas por traslado laboral, motivos de salud, dependencia o emergencia social o bien su uso como segundas residencias.

La segunda de las aportaciones se centra en aquellos ámbitos de acreditada demanda y necesidad de vivienda, en los cuales se aplicaría el alquiler forzoso sobre las viviendas que se mantengan desocupadas transcurrido un año desde su declaración como deshabitadas, fijándose reglamentariamente el plazo de duración del alquiler.

Según detalla el portavoz autonómico, se entenderá que existe acreditada demanda y necesidad de vivienda “cuando en las áreas de planeamiento urbanístico municipal en que se halle la vivienda deshabitada no exista suelo vacante pendiente de edificación calificado de protección pública, y en los últimos dos años al menos diez demandantes de vivienda empadronados en dicho municipio se hallen inscritos en algún registro público de solicitantes de vivienda de protección oficial”.

El uso de estas viviendas formará parte del Patrimonio Público de Suelo de Cantabria, que tendrá por objeto el puntual conocimiento de las personas demandantes inscritas, sirviendo como instrumento para la gestión y control de la adjudicación de las viviendas. Además, se fijará en la norma un catálogo de medidas para fomentar la cesión voluntaria y temporal de viviendas al Patrimonio Público de Suelo por sus propietarios para su uso en régimen de alquiler social.

Además, la futura ley deberá, según IU, “garantizar un sistema residencial de protección pública, definiendo los tipos de viviendas de protección y los alojamientos dotacionales, que cumplan los requisitos y condiciones de habitabilidad, calidad, superficie, uso y precio o renta”.

Así, se definiría el ‘alojamiento dotacional’ como aquel “apto para ser habitado y destinado a resolver de forma transitoria y mediante abono de renta la necesidad de habitación”, y el ‘alojamiento temporal’ para aquellas personas y colectivos con dificultades de acceso, como jóvenes, inmigrantes, personas separadas o divorciadas, pendientes de realojamiento por operaciones urbanísticas, en proceso de reinserción o de una especial protección, como mujeres víctimas de violencia de género, personas mayores, personas sin hogar, o con alguna discapacidad, entre otros.

Por último, desde IU consideran “imprescindible” la planificación de la rehabilitación y regeneración urbana, en el cual los ayuntamientos o el Gobierno autonómico podrán declarar, motivada técnica y económicamente, en estado de necesidad de rehabilitación edificios específicos o conjuntos de ellos.

Esta actuación llevará implícita la declaración de utilidad pública y de necesidad de ocupación de los bienes y derechos precisos, incluyendo la imposición de las servidumbres legales pertinentes para ella, todo ello a los efectos de la aplicación del régimen de venta o sustitución forzosa, o, en su caso, su expropiación forzosa compensándose con un justiprecio.

“La futura Ley ha de conjugar el derecho social a la vivienda con otros como el de la propiedad o la información pública, además de respetar y potenciar las competencias de las entidades locales en esta materia”, sentenciaba.

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