El Gobierno de Cantabria prepara la Ley que regulará el Consejo LGTBI+

Pablo Zuloaga asegura que el Consejo LGTBI+ “institucionalizará y fortalecerá el diálogo con la sociedad en la defensa de la igualdad de trato y la no discriminación”
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El vicepresidente del Gobierno de Cantabria, Pablo Zuloaga, ha anunciado hoy la apertura del plazo de consulta pública para la elaboración de la ley que regulará el Consejo LGTBI+. Un órgano que “institucionalizará la colaboración y fortalecerá el diálogo permanente entre las administraciones públicas y la sociedad civil en materias relacionadas con la igualdad de trato, y la no discriminación por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género”.

Además, ha asegurado que este órgano colegiado “reforzará la participación de las personas LGTBI+ y sus familias en todos los ámbitos de la sociedad”.

Zuloaga ha defendido “una gobernanza en la administración más transparente, colaborativa y ética” y en este marco ha considerado fundamental “la escucha a la sociedad y en especial a profesionales, asociaciones y personas que representan al colectivo LGTBI+ y a sus familias” a través de este proceso de consulta pública.

En un plazo de 20 días hábiles, asociaciones, organizaciones y ciudadanía podrán trasladar por escrito sus opiniones y aportaciones, dirigidas a las Dirección General de Igualdad y Mujer, a través del registro electrónico general https://rec.cantabria.es/rec/bienvenida.htm y de registros y oficinas establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También podrán trasladar sus alegaciones a través del portal de transparencia http://participacion.cantabria.es/ en el cuadro destinado al efecto y, con el objetivo de garantizar mayor participación ciudadana, cualquier persona interesada podrá dirigir sus propuestas al correo electrónico habilitado al efecto consejolgtbi@cantabria.es.

La ley que creará el Consejo recogerá una definición de este órgano colegiado, así como de la delimitación de sus fines y competencias y la organización y funcionamiento. Además, determinará el número de vocalías, presidencia, secretaría del mismo, y el proceso de elección, entre otros aspectos.

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