Arrancan las asambleas de Comisiones Obreras para informar de los trámites para recuperar la cotización de las mutualidades hasta 1978

Se estima que la media que podrán percibir las personas afectadas oscila entre los 2.000 y los 3.000 euros.
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Este mismo lunes comienzan las asambleas informativas en las que responsables de Comisiones Obreras explicarán y asesorarán sobre los trámites para que las personas que fueron cotizantes de mutualidades laborales hasta 1978 puedan tramitar y reclamar a la Agencia Tributaria la devolución de parte del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) tras la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el pasado mes de febrero.

Se podrán beneficiar las personas jubiladas que tienen cotizaciones desde 1967 y hasta el año 1978 en mutualidades laborales. Se estima que la media que podrán percibir las personas afectadas oscila entre los 2.000 y los 3.000 euros. Además, también pueden reclamar las personas que tengan ascendientes fallecidos tres años atrás.

Las asambleas serán en los locales que CCOO tiene en cada localidad, a las 17.00 horas y comienzan este mismo lunes, 13 de noviembre en Santander, en el salón de actos de CCOO de Cantabria (calle Santa Clara, 3); seguirá el 14 en Los Corrales de Buelna; el 15 en Reinosa; el 16 en Torrelavega y el 17 en Laredo.

Además, habrá una asamblea en La Casona del Cantón, en San Vicente de la Barquera el martes, 21 de noviembre, a las 17.00 horas. En ellas, las personas afectadas podrán informarse de los pasos a seguir para hacer efectiva la reclamación, una tramitación en la que podrán contar en todo momento con la asesoría del sindicato.

El pasado mes de febrero, el Tribunal Supremo falló que fueron muchas las personas hoy ya jubiladas que cotizaron de más por sus pensiones en las mutualidades sectoriales o de sus empresas al no beneficiarse de las reducciones fiscales que, por el contrario, sí tenían otros cotizantes a la Seguridad Social.

Ahora la justicia ha reconocido que tienen derecho no sólo a que se les devuelva aquello que tributaron de más en los últimos cuatro años, -el periodo que no ha prescrito-, sino también a que de ahora en adelante se aplique la reducción fiscal en las próximas declaraciones de la renta que realicen. Sólo se podrán reclamar las cantidades indebidamente pagadas en los ejercicios 2019, 2020 y 2021 y 2022.

La reducción fiscal se aplicará sobre la cuantía de la pensión de las personas jubiladas mutualistas de forma proporcional en los mencionados periodos con respecto a la totalidad de su vida laboral. Así, los efectos de la reclamación se extienden cara el futuro en forma de ahorro fiscal. De este modo, una vez recibida la estimación de la reclamación por parte de la Agencia Tributaria, el pensionista consolida un porcentaje de su pensión que ya no va a tributar en los siguientes años.

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