Los vecinos del Primero de Mayo ganan en los tribunales la batalla por el precio de las VPO

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha dado la razón a los vecinos de Primero de Mayo en el pleito que mantenían con el Gobierno autonómico por el precio de sus viviendas de protección oficial.

En concreto, tal y como refleja la sentencia a la que ha tenido acceso EL FARADIO, habían presentado un recurso frente a sendas resoluciones de informes del Gobierno de Cantabria que rechazaban reclamaciones previas suyas.

Lo que pedían los vecinos en su recurso judicial es que se revocaran esas resoluciones o que se declarara la firmeza del precio máximo de venta fijado inicialmente para sus viviendas. En su demanda, llamaban la atención sobre como esos informes, que fijaban un precio máximo de venta, iban en contra de los criterios del Plan Estatal de Vivienda.

Todo parte del contrato firmado  en 2011 con Residencial Primero de Mayo SL, la empresa responsable de la promoción, de contratos de alquiler con opción a compra. Cuando pasó el plazo en que podían ejercitar la opción de compra, descubrieron que el precio no coincidía con el establecido en su momento.

Los vecinos se remitían a un informe pericial que establecía que se había vulnerado así el Plan Estatal de Vivienda y que se aplicaba de forma «discriminatoria» hacia ellos al duplicarse el precio de compra respecto a otras promociones de vivienda protegida.

La sentencia matiza que la normativa autonómica sólo es anulable si va en contra de la estatal (al ‘mandar’ la estatal sobre la autonómica), y no ve que se de el caso, por lo que anula la parte de las resoluciones que se fundaba en este motivo concreto.

El TSJC recuerda que sí existe un documento , el de la calificación provisional de viviendas, que fija un precio máximo de vivienda, y un testigo relató como fue el promotor privado quien mencionó el incremento.

La Sala de lo Contencioso aplica el principio de que la administración no puede ir contra sus propios actos, en este caso y anula esas decisiones, en una sentencia que podría recurrirse ante el Supremo

140 HISTORIAS

Hace exactamente tres años, conocimos a Begoña, que vivía en una de las 140  viviendas de protección oficial que había conseguido en 2011 en Primero de Mayo con la ilusión de rehacer su vida con sus dos hijos menores , su contrato a jornada parcial en un supermercado y después de haberlo perdido todo en el incendio de su vivienda anterior. «Para mí, conseguir esa vivienda fue como abrir una ventana y que comenzara a entrar aire fresco», nos contaba en aquel momento.

Lo que no esperaba Begoña (ni ninguno de los otros inquilinos del edificio) era que 10 años después de formalizarse ese alquiler con derecho a compra le llegase por correo una notificación de la constructora en la que le «recordaban» que, dos meses antes de que venciera ese plazo, tenia que decidir si iba a hacer uso de la opción de compra o no y, a continuación, le informaban de que su piso, de 57 metros cuadrados, tenia un precio de 210.000 euros.

«Ya ves, pasamos de ser personas vulnerables con derecho a una vivienda de protección oficial, a personas adineradas que pueden pagar a 3.700 euros el metro cuadrado», afirmaba este jueves tras conocer la sentencia.

En estos tres años, de los 140 vecinos que habitaban las viviendas cuando llegó esa notificación, algunos se han ido a vivir a otro lugar, temerosos de seguir pagando y no poder hacer frente al pago final. Otros han fallecido y, luego están los que, como Begoña, han seguido adelante, sumando noches en vela dando vueltas en la cabeza a su futuro y asumiendo el gasto que supone la decisión de acudir a los tribunales. Son los mismos que este jueves han sentido  un alivio tremendo ante esa primera victoria judicial. «Para nosotros, aunque no sea definitivo, esta sentencia es muy importante, porque después de todo este tiempo de incertidumbre, comenzamos a ver luz sobre nuestra situación»

 

 

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