La adjudicación del contrato de basuras de Santander queda suspendida por un recurso de PreZero

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales mantiene paralizado el expediente tras el recurso especial presentado contra el acuerdo del Ayuntamiento de Santander
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La adjudicación del contrato de recogida y transporte de residuos urbanos, limpieza viaria y otros servicios complementarios del Ayuntamiento de Santander se encuentra actualmente suspendida tras la interposición de un recurso especial en materia de contratación por parte de la empresa PreZero España.

El recurso lo ha presentado la anterior adjudicataria, que asumió el servicio como emergencia después de que el Ayuntamiento, ante el mal estado y quejas generales, resolviera el contrato anterior con ASCAN-GEASER (Grupo Sadisa).  No obstante, Prezero se presentaba también al nuevo concurso, que finalmente ganó Acciona-Oxital –una unión de empresas entre una de las grandes estatales y una empresa cántabra especializada en gestión de residuos ligada a la familia Huerta, cuyo patriarca fue alcalde de Santander–, con un presupuesto total de 253.841.901 euros por 10 años de duración.

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Según documentación  municipal a la que ha tenido acceso EL FARADIO, el recurso fue presentado el 07/01/2026 ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales contra el acuerdo de adjudicación del procedimiento, correspondiente al expediente 260/22 bis, que regula uno de los contratos de mayor volumen económico y relevancia operativa del Consistorio santanderino .

La interposición del recurso ha activado de forma automática la suspensión de la tramitación del expediente de contratación, tal y como establece el artículo 53 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP). Esta suspensión afecta a todo el proceso administrativo posterior a la adjudicación y se mantiene mientras el tribunal resuelve el fondo del recurso.

En este sentido, el 06/02/2026, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales dictó una resolución adoptando una medida cautelar consistente en mantener la suspensión del expediente, ratificando así la paralización ya producida como consecuencia directa de la presentación del recurso .

De acuerdo con lo recogido en la nota, la resolución del tribunal se apoya igualmente en el artículo 57.3 de la LCSP, que establece que será la resolución definitiva del recurso especial la que determine el levantamiento, o no, de la suspensión. Hasta que dicho pronunciamiento se produzca, el procedimiento administrativo permanece bloqueado.

La suspensión del expediente implica que el Ayuntamiento de Santander no puede formalizar el contrato adjudicado ni iniciar su ejecución mientras el recurso esté pendiente de resolución. Esta situación puede prolongarse durante semanas o meses, en función de la complejidad del expediente y de los plazos de tramitación del tribunal.

 

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