La jueza de El Bocal recuerda al Ayuntamiento su deber de restringir el acceso a lugares inseguros y la difusión turística de la pasarela
La titular de la Plaza n.º 1 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Santander ha dado un primer respiro, no total, al Ayuntamiento, en el proceso de investigación abierto a raíz de la tragedia por el desplome de la pasarela de El Bocal, en la senda costera, que causó la muerte a seis jóvenes.
De momento, en esta primera decisión relevante de un proceso muy incipiente en el que quedan aún declaraciones, recogidas de pruebas y otros movimientos hasta que finalmente se celebre juicio, la jueza ha secundado la teoría del Ayuntamiento de que el mantenimiento de la obra, un resto de la frustrada senda costera, le correspondía a Costas en Cantabria, que efectivamente fue quien licitó y adjudicó la obra e inició el paso para su reversión.
SEÑALA AL MANTENIMIENTO COMO RESPONSABILIDAD DE COSTAS
Lo del mantenimiento es importante porque el Ayuntamiento se comprometió por escrito a asumirlo una vez estuviera acabada la obra de la senda costera, que incluía esta pasarela. Recordamos que hubo dos momentos administrativos para hablar de esta obra: el primero, en el que se adjudicó y luego paralizó ante las protestas vecinales; y el segundo, en el que un nuevo proyecto iba a solucionar ese impacto (pero que tampoco hubiera supuesto la retirada de la pasarela, en un criterio compartido por Costas y el Ayuntamiento, en contra de los vecinos).
El Ayuntamiento, y ahora el Juzgado, defendían que el primer proyecto, el paralizado y del que hubo liquidación, no puede considerarse como un proyecto finalizado, lo que libra al Consistorio de su compromiso de mantenimiento. E interpreta también, en línea con la versión de la alcaldesa, que el segundo proyecto, al llevar la palabra Finalización era una suerte de segunda fase del primero, por tanto, inacabado, por tanto, ajeno a la administración municipal.
En consecuencia, ha acordado dirigir acción penal contra dos funcionarios de la Demarcación de Costas en Cantabria, entre ellos el jefe de Servicio de Proyectos y Obras de la Demarcación de Costas y el director de Obras del proyecto de la senda costera de 2014, que es el jefe de la citada Demarcación, José Antonio Osorio, al haber encontrado “serios indicios de la existencia de un posible actuar negligente en el mantenimiento de la pasarela”.
PERO RECUERDA AL AYUNTAMIENTO SU DEBER SOBRE LA SEGURIDAD EN ESPACIOS ABIERTOS AL PÚBLICO
Eso sí, la jueza apunta que la pasarela “se ha hallado en todo momento abierta al público en general sin ningún tipo de restricción”. Y por ahí se abre una vía que apunta al Ayuntamiento de Santander, al que recuerda que “ostenta la llamada potestad de policía administrativa en materia de seguridad en espacios accesibles al público”.
Así, indica que “detectado un riesgo debe proceder a acotar, señalizar o precintar el mismo, aunque la infraestructura afectada corresponda a otra administración” –es lo que están haciendo otros ayuntamientos con zonas que ven peligrosas, como acaba de pasar esta misma semana con Covachos, en Piélagos, y el propio Ayuntamiento de Santander con el precintado general de la línea de Costa.
Y enfatiza que “más aún en el supuesto de autos, donde el Ayuntamiento promovía o incluía la zona en rutas turísticas o senderos”.
Por ello, continúa, “resulta relevante y necesario conocer si, en la fecha del siniestro, el deterioro de la pasarela era visible y en qué grado, es decir, si el riesgo de colapso podía ser perceptible”.
Para clarificar este punto, la magistrada acuerda en su auto pedir al Grupo III UDEV de la Brigada Provincial de la Policía Judicial que trate de recabar “material probatorio sobre el estado que presentaba para cualquier ciudadano la pasarela días o semanas antes del siniestro, en forma de fotografías anteriores al derrumbe y testimonios de personas que frecuentaran la misma”.
También quiere escuchar a una vecina miembro de la Asamblea en Defensa de la Senda y Costa Norte que fue identificada después de que la magistrada pidiera a la Policía Judicial recabar quejas sobre la pasarela.
A partir de ahora, quedan declaraciones, más peticiones de documentos e informes, e incluso la posibilidad de recurso. La parte de la responsabilidad policial –la agente a la que señala el Ayuntamiento como única responsable de no atender la llamada, dejándolo en un fallo personal y no de la institución– se irá dirimiendo cuando declare la propia agente o se coteje el protocolo que ha enviado el Ayuntamiento.
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