Grupo Digital destinó irregularmente una subvención al pago de deudas

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Grupo Digital 2006, la empresa de comunicación de Víctor Gijón, responsable de Internacional de la sociedad pública SODERCAN, destinó de forma irregular una subvención del Gobierno de Cantabria al pago de sus deudas con su principal acreedor.

Las subvenciones de los gobiernos se conceden ligadas a proyectos o fines concretos, que deben ser justificadas después. En el caso de Grupo Digital, además de los ingresos por publicidad, recibió varias subvenciones

El Juzgado de lo Mercantil acaba de inhabilitar al socialista Víctor Gijón para la gestión de empresas y ha declarado culpable el concurso de acreedores (la figura a la que se acogen las empresas cuando no pueden hacer frente a sus deudas, y que se declaran culpables en el caso de que se considere que se debe a una mala gestión y no simplemente a la situación económica).

Y en el caso de Grupo Digital 2006, un grupo que aunó un medio digital, una televisión, una emisora de radio y un periódico impreso, la situación de concurso llegó pese a las inyecciones publicitarias (un mínimo de 500.000 euros) de PSOE y PRC en su anterior etapa de Gobierno. Sus trabajadores tuvieron que acabar cobrando del FOGASA.

En concreto, el Juzgado de lo Mercantil relata como en 2011, en una época en la que el Grupo estaba incumpliendo ya de forma generalizada sus obligaciones de pagos con la Seguridad Social y sus trabajadores, entró una subvención del Gobierno de Cantabria.

El importe era de 90.000 euros y estaba destinado “por concepto” a una finalidad “concreta”, pero en lugar de eso, se optó por destinar ese dinero al pago de un proveedor estratégico para permitir la continuidad de la empresa.

El citado pago constó así en la contabilidad de Grupo Digital y su destinatario fue Iparraguirre, la empresa editora del periódico vasco Deia.

Es un pago que, asegura el juez de lo Mercantil (el juzgado que se ocupa de los asuntos relacionados con las empresas) “no puede calificarse de regular”.

De hecho, la sentencia descarta que hubiera mala fe y en general rebaja las peticiones que habían hecho la Fiscalía (el Ministerio público) y la administración concursal sobre el concurso de acreedores, quienes pedían cinco y tres años de inhabilitación frente a los dos que finalmente han sido.

La sentencia no es firme y cabe recurso. Otra de las peticiones de la administración concursal que no estima el juez Marigorta es el pago por parte de Víctor Gijón del 75% del déficit concursal.

El principal motivo por el que se declara culpable el concurso y se inhabilita a Víctor Gijón es por el retraso a la hora de solicitar el concurso de acreedores.

Tal y como detalla la sentencia, adelantada este domingo por EL FARADIO, el concurso se solicitó en enero de 2012, pero lo cierto es que la empresa estaba ya en causa de disolución desde tres años antes, desde 2009. La situación no sólo no mejoró al año siguiente, sino que iba empeorando: en 2010 los fondos negativos se multiplicaron por 116 y las pérdidas por 22.

El incumplimiento de sus obligaciones de pago, pese a la llegada de ingresos, fue generalizado desde finales de 2010.

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