La empresa concesionaria de las ambulancias, expedientada por Inspección de Trabajo

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La Inspección de Trabajo ha abierto un expediente de infracción a Ambuibérica, la empresa concesionaria del servicio de ambulancias en el Servicio Cántabro de Salud, que viene acumulando un historial de sentencias o denuncias

Servicio de ambulancias

En concreto, según detalla la resolución consultada por EL FARADIO  Inspección de Trabajo realizó visitas el pasado agosto el centro de trabajo para comprobar la aplicación del procedimiento de limpieza de ropa de trabajo, y constataron, por ejemplo, que no existe una zona separada para la recogida de ropa usada y sucia, e incluso que los trabajadores lavan sus ropas en casa, algo que, recuerda Inspección, contraviene normativa laboral,

Se determinan riesgos biológicos por la posible contaminación de la ropa por los agentes o fluidos, con los que se trabajan en estos servicios, por lo que les instan a mejorar este sistema, y a recurrir a una empresa externa para lavar la ropa.

Y se la da un plazo de un mes para que se implante un método “real” y “eficaz” de limpieza de la ropa de trabajo.

No es la única queja sobre las condiciones en Ambuibérica: recientemente miembros de su sección sindical advertían al Servicio Cántabro de Salud de los incumplimientos en normativa de seguridad o laboral en cuestiones como las sujeciones, la falta de reposición del vestuario (con efectos sobre su esterilización) o la falta de instrumentos.

Y hace un año la empresa fue condenada judicialmente a abonar a sus trabajadores el exceso de jornada del último año: más de 50.000 horas extras y un importe superior a los 800.000 euros que la empresa quería considerar tiempo “de presencia”.
La sentencia se consiguió a instancias del sindicato USO, que también había alertado del abuso de la figura de prácticas, con contratos encadenados por esta modalidad que afectaría a una cuarta parte de la plantilla, mientras ATI ha denunciado el incumplimiento de los servicios mínimos en la última huelga de los servicios de atención primaria.

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2 Comentarios

  • SCAS
    10 de noviembre de 2018

    ESTIMADOS AMIGOS:

    LOS EXPEDIENTES DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO SON REQUERIMIENTOS, NO SENTENCIAS. SOLO SENTENCIAN LOS JUECES Y TRIBUNALES EN BASE A HECHOS PROBADOS Y FUNDAMENTADOS EN DERECHO.

    LA PARTE DEL SINDICATO ATI, NO TIENE NADA QUE VER CON LA EMPRESA ADJUDICATARIA DE LAS AMBULANCIAS, Y SÍ, CON EL SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD.

    MUCHAS GRACIAS

  • Cantabro
    10 de noviembre de 2018

    Tienes toda la razón, pero cuando el río suena, agua lleva.
    Los jueces sentencian en base a unas pruebas, la labor de la Inspeccion de Trabajo es precisamente facilitar que las cosas se hagan bien o mal, o por llamarlo de otra firma hacen la labor de policía, y si consideran que no se hacen bien las cosas, valga el simil, lo detienen y lo pasan a disposición judicial.
    Saludos y precisiones

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