FAPA pide la exención de tasas en el título de bachillerato y matrícula de la EBAU para las familias necesitadas

La modificación del calendario escolar vulneró el derecho a la negociación colectiva || IU reclama que el Contrato Programa de la UC “ponga fin” a la “temporalidad y discriminación” de parte del personal docente e investigador
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FAPA Cantabria, la federación que agrupa a las asociaciones de padres y madres en centros educativos, ha solicitado la exención de tasas en la expedición de título de bachillerato y matrícula de la EBAU, como mínimo, para las familias necesitadas.

Según detallan, el gasto que supone tanto la expedición del título de bachillerato (45,46 €) como la matrícula en la prueba de la EBAU (71,09 €) suponen un importe que para muchas familias es directamente “inasumible”.

“Si en circunstancias normales estos importes ya son cuestionables, no se entiende que haya que afrontar pago alguno para recibir físicamente un título que ya se ha obtenido con el esfuerzo previo, o que se fije una tasa al alumnado que quiere seguir formándose”,, aseveran, advirtiendo de que “muchas familias se ven directamente abocadas a tener que cuestionarse los gastos más básicos para su supervivencia para poder afrontar estas tasas”.

Además, recalcan que la situación socioeconómica de las familias tiene una influencia directa en los resultados educativos de sus hijos e hijas, por lo que abogan por una intervención pública que garantice la igualdad de oportunidades al alumnado que se encuentra en esa situación: “como sociedad no nos podemos permitir que quienes con su esfuerzo han llegado hasta ahí no puedan continuar su formación por esta cuestión económica”.

IU reclama que el Contrato Programa de la UC y del Gobierno “ponga fin” a la “temporalidad y discriminación” de parte del personal docente e investigador

Por otra parte, Izquierda Unida de Cantabria ha reclamado a la Universidad de Cantabria y al Gobierno autonómico que “pongan fin” a la “temporalidad y discriminación” que vive parte del personal docente e investigador (PDI) a través del nuevo Contrato Programa.

En un comunicado, el coordinador general de IU en Cantabria, Israel Ruiz Salmón, considera que “la situación de precariedad laboral que existe en el seno de la institución académica no puede continuar por el bien de los trabajadores y por la excelencia que como Campus se defiende constantemente”.

Recientemente, la UC ha sido condenada por discriminar a parte de su plantilla de personal docente e investigador. El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria falló sobre el complemento por productividad investigadora que corresponde a los profesores contratados en régimen laboral y con carácter temporal, los conocidos como sexenios de investigación, y que “todavía hoy sigue sin reconocerse”.

En este sentido, Ruiz Salmón aboga por que el nuevo Contrato Programa aumente la partida presupuestaria de forma que la Universidad de Cantabria pueda acatar la sentencia con “plenas garantías para los derechos de los trabajadores y la sostenibilidad de la universidad”.

Esta reclamación fue incluida por IU en las aportaciones a la futura Ley de Ciencia de Cantabria durante el período de exposición pública el pasado mes de febrero, además de fijar como objetivo “prioritario” elevar la inversión en este ámbito hasta situarlo en el 3 por ciento del PIB en cinco años.

La coalición cántabra también considera que la carrera docente en la UC adolece de graves carencias, como el carácter temporal de gran parte de su plantilla de PDI. Estos profesionales, pese a haber superado la dura evaluación por parte de la ANECA y contar con su acreditación, son obligados a ocupar puestos temporales con salarios inferiores.

En paralelo al Contrato Programa, piden al Gobierno de Cantabria y a los Ayuntamientos de Santander y Torrelavega que se impliquen para financiar partidas destinadas a infraestructuras y así mejorar el estado “mejorable” de conservación de algunos edificios, como es el caso de la facultad de Ciencias, así como “aliviar aulas repletas que están al borde de su capacidad”.

La modificación del calendario escolar de Cantabria vulneró el derecho a la negociación colectiva

Finalmente, hoy trascendía que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha estimado el recurso presentado por el sindicato Comisiones Obreras contra la resolución de la Consejería de Educación que modificó el calendario escolar para que fuera lectiva la primera semana de noviembre.

En su momento, el tribunal dejó sin efecto la modificación del calendario al estimar la medida cautelar solicitada por el sindicato demandante de modo que parte de los días lectivos volvieron a ser no lectivos, tal y como se contemplaba en el calendario original.

Ruiz Salmón en un acto en la UC

En una sentencia dada a conocer en el día de hoy, la Sala concluye que la resolución de la Consejería de Educación impugnada “vulnera el derecho a la negociación colectiva, que es contenido de la libertad sindical”.

Entiende que la modificación del calendario “afecta a las condiciones de trabajo” de los docentes y recuerda que la aprobación del calendario original sí fue objeto de negociación con los sindicatos.

El tribunal considera que la medida adoptada “no es materialmente una medida sanitaria”, sino “una medida de organización de la actividad docente que persigue atender a una determinada situación de riesgo de salud pública”.

“Consecuentemente, el sacrificio de la libertad sindical que implica la omisión de la negociación colectiva para tomar una medida como la de referencia, tiene que estar justificado; justificado, no solo en la mera mención del fin de salud pública perseguido por la medida, sino en su adecuación a dicho fin, en su necesidad al respecto y en su proporcionalidad en consideración al bien o derecho que sacrifica o limita”, señala la sala.

Además, considera el tribunal que “negociar no es informar, ni consultar, ni anunciar, sino aproximar posiciones, requerir y ceder, buscar el equilibrio de intereses, procurar llegar a acuerdos, y, ¿qué duda cabe? la negociación ha de ser previa a la adopción de la medida, pues su fin es contribuir a su configuración”.

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