Aumentan un 31% las mujeres que evitan declarar contra sus parejas en casos de violencia de género

Una gran parte de los casos en los que se produce el sobreseimiento provisional, como también ocurre con las sentencias que son absolutorias, responde a que la denunciante se acoge a la dispensa a la obligación de declarar como testigo.
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Si bien el dato global habla de una tendencia de descenso de las denuncias por violencia de género que llegaron a los juzgados cántabros, la estadística trimestral del Consejo General del Poder Judicial ofrece alguna otra tendencia: como el hecho de que, frente al tópico que se intenta instalar en el debate público de las denuncias falsas, lo cierto es que la mayoría de los casos que llegan acaban en sentencia condenatoria –buena parte por la propia confesión del acusado—o la laguna que permite que las víctimas, muchas veces únicos testigos de su agresión, puedan no declarar contra sus parejas, por lo que el miedo a la represalía u otras cuestiones pueden privar del principal testimonio para la inculpación.

LA CIFRA GLOBAL

En detalle, los órganos judiciales encargados de investigar la violencia de género en Cantabria registraron durante el primer trimestre de este año un total de 383 denuncias, lo que representa una disminución del 15,5 por ciento respecto a las presentadas en el mismo periodo de 2020 (453).

Se confirma así la tendencia a la baja en el número de denuncias presentadas ante los juzgados por violencia sobre la mujer que se viene produciendo desde el inicio de la pandemia, y es que en el conjunto del año 2020 ya fueron menos las denuncias que llegaron a los juzgados que en todo 2019, registrándose un descenso del 16,8 por ciento.

En las denuncias registradas en Cantabria durante el primer trimestre de 2021 figuran como víctimas el mismo número de mujeres (383), frente a 453 de un año antes, lo que también representa una bajada del 15,5 por ciento.

Instalación de la asociación cultural Octubre, de Torrelavega, contra la violencia de género y el machismo. Junio de 2018

 

Por otro lado, se observa un retroceso en el número de órdenes de protección solicitadas a los órganos judiciales: se incoaron 63 frente a 71 del año anterior, lo que representa una disminución del 11,3 por ciento.

De ellas, los jueces y juezas de violencia sobre la mujer acordaron 38 órdenes y medidas de protección. Además, los titulares de los juzgados de instrucción en funciones de guardia, que son los que atienden casos de violencia de género por las tardes y en fines de semana, acordaron 14 más.

A nivel nacional, también se produce una tendencia a la baja en los indicadores. La disminución del número de denuncias (-3,21%), de mujeres víctimas (-1,38%) y de órdenes de protección (-1%) pone de manifiesto que las consecuencias de la crisis sanitaria causada por la COVID-19 se han mantenido también durante el primer trimestre de este año.

107 hombres condenados por violencia de género

El informe del Observatorio revela que durante el primer trimestre de este año fueron enjuiciadas un total de 142 personas por violencia de género. 107 resultaron condenados, esto es, el 75,35 por ciento del total.

Así, 53 hombres fueron enjuiciados en los juzgados de violencia sobre la mujer y, de ellos, 46 resultaron condenados, esto es, el 86,8 por ciento del total –bien por delitos leves o bien porque reconocieron los hechos en la comparecencia previa al juicio rápido.

Además, cuatro chicos de entre 16 y 17 años fueron enjuiciados y todos ellos obtuvieron sentencia con imposición de medidas en el Juzgado de Menores.

El 10% de las mujeres decide no declarar

De las 383 denuncias registradas en los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria, el 67,6 por ciento fueron presentadas por la propia víctima, bien en el juzgado o ante la policía; el 12,5 por ciento de esas denuncias llegó al órgano judicial por un parte de lesiones; el 11,0 por ciento a través de servicios asistenciales o terceras personas; el 6,3 por ciento por intervención policial directa; y el 2,6 por ciento por denuncia de un familiar.

En 38 casos, la víctima se acogió a la dispensa legal a la obligación de declarar como testigo, prevista en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite que no se puede declarar contra una pareja o familiar –lo que en estos casos supone que no se pueda testificar contra el acusado en casos en los que la pareja puede ser la único testigo y que distintos movimientos feministas relacionan con el miedo a represalías o dependencias emocinales– lo que supone que el 10 por ciento de las mujeres que figuran como víctimas en las denuncias tomaron esa decisión.

Esas 38 mujeres que se acogieron a la dispensa -33 españolas y 5 extranjeras- son más que las que lo hicieron en el primer trimestre de 2020 (29), lo que supone un aumento del 31 por ciento.

Una gran parte de los casos en los que se produce el sobreseimiento provisional, como también ocurre con las sentencias que son absolutorias, responde a que la denunciante se acoge a la dispensa a la obligación de declarar como testigo.

De hecho, el 32,4 por ciento de las denuncias llegaron al juzgado por vías ajenas a la propia víctima: o por intervención policial, o por denuncia de un familiar, o por un parte de lesiones o por servicios asistenciales y terceros en general.

Medidas de protección judiciales

A lo largo del primer trimestre de este año, los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria recibieron un total de 63 solicitudes para la adopción de órdenes y medidas de protección.

En la mayoría de los casos en los que se solicitaron órdenes o medidas en los juzgados de violencia, la mujer era española y mayor de edad (45 ocasiones). En otras 16 medidas, se trataba de mujeres extranjeras mayores de edad y en 2 la mujer que figuraba como víctima era española menor de edad.

En cuanto a los denunciados que figuran en las órdenes de protección solicitadas: 51 eran hombres españoles y 12 de fuera de nuestro país.

Por otro lado, al analizar la relación que existía entre denunciante y denunciado en el momento de producirse la supuesta agresión, en el 52,38 por ciento de las ocasiones el vínculo estaba disuelto, mientras que en el 47,62 por ciento de los casos eran matrimonio o tenían una relación afectiva.

La mayoría, delitos que conllevan de seis meses a un año de prisión

El 016 es el teléfono de atención a las víctimas de violencia de género. No aparece en la factura, pero sí hay que borrarlo del listado de las llamadas realizadas desde el móvil

Si se analizan los tipos delictivos en los que se encuadran las denuncias presentadas, la mayoría (141) responden a acciones tipificadas en el artículo 153 del Código Penal, esto es, el delito que castiga una conducta que no da lugar a lesión o sólo requiere una primera asistencia médica, cuya condena oscila entre los seis meses y el año de prisión.

Otros 80 delitos correspondieron al tipo del artículo 173, que condena aquella actitud persistente que genera un clima de pánico en el entorno familiar. Este delito está penado con una condena de entre seis meses y tres años de cárcel.

Además, en 17 ocasiones se tramitó procedimiento que responde al maltrato del artículo 148 y siguientes del Código Penal, preceptos que se refieren a una lesión que requiere una primera asistencia y un tratamiento médico posterior, y cuya pena va de los seis meses a los cinco años de cárcel.

Junto a ello, los juzgados de violencia de Cantabria tramitaron 74 asuntos por quebrantamiento de condena, 59 por quebrantamiento de medidas cautelares, 22 por delito contra la libertad, 12 por delito contra la integridad moral, 2 por delito contra la libertad e indemnidad sexual y 2 por delito contra el honor.

En cuanto a los 22 procedimientos por delitos leves, 7 lo fueron por injurias, 6 por vejaciones injustas y 9 por otros delitos.

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