Cada día se denunciaron en Cantabria 5 casos de violencia de género durante el pasado año
Según informa el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, el año 2021 finalizó en Cantabria con 1.898 denuncias por violencia de género, en las que aparecen como víctimas 1.819 mujeres y 7 menores de edad.
Estos datos representan un incremento en el número de mujeres que figuran como víctimas del 9,1 por ciento respecto a 2020, con una media de 5 denuncias al día; y también un aumento de las denuncias, del 13,8 por ciento.
La tendencia al alza observada en los principales marcadores de la violencia machista desde el levantamiento del estado de alarma por la crisis sanitaria de la covid se ha mantenido de forma sostenida a partir del segundo trimestre de 2021, si bien en Cantabria estos marcadores aún se encuentran por debajo de las cifras de 2019.
Así, según el informe del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, las denuncias registradas en 2021 en Cantabria suponen un 5,3 por ciento menos que las del año anterior a la pandemia, y las mujeres que figuran como víctimas, un 7,4 por ciento menos.
Por otro lado, la tasa de mujeres víctimas por cada 10.000 mujeres se sitúa en Cantabria en 60,4, frente a una media nacional de 66. Por encima se encuentran Baleares (103), Murcia (88,9) y Comunidad Valenciana (86,6). Las tasas más bajas se dieron en Castilla y León (42,6), Galicia (44,5) y País Vasco (47,1).
A lo largo del pasado año, un total de 171 mujeres decidieron en Cantabria no declarar como testigo cuando comparecieron ante los juzgados especializados en violencia machista, lo que representa un incremento del 51,3 por ciento respecto a 2020, cuando 113 mujeres tomaron esta decisión. En el año anterior a la pandemia fueron incluso menos, 112.
Los jueces y juezas de violencia sobre la mujer de Cantabria acordaron en 2021 un total de 234 órdenes y medidas de protección de las 364 que les fueron solicitadas, es decir, el 64 por ciento de las pedidas. A nivel nacional, el porcentaje de órdenes de protección adoptadas es del 70 por ciento.
Además, los titulares de los juzgados de instrucción en funciones de guardia, que atienden casos de este tipo por las tardes y fines de semana, acordaron 70 órdenes de protección de las 83 solicitadas.
Entre las medidas judiciales de protección adoptadas, destaca el incremento de la suspensión del régimen de visitas, medida que en 2021 se acordó en 17 ocasiones, un 70 por ciento más que las decididas en 2019 y un 112 por ciento más que las de 2020.
Este incremento es consecuencia de la entrada en vigor en junio pasado de la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
Todos estos datos se desprenden del informe que trimestralmente difunde el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, con sede en el Consejo General del Poder Judicial, y que hoy se ha dado a conocer con información relativa al cuarto trimestre de 2021 y a la anualidad completa.
445 hombres condenados por violencia de género
El informe del Observatorio revela que durante 2021 fueron enjuiciados un total de 615 personas por violencia de género (610 hombres y una mujer), de los que el 73 por ciento obtuvieron sentencia condenatoria (446).
Así, los juzgados de violencia sobre la mujer enjuiciaron a 280 personas (279 hombres y una mujer), de las que 248 resultaron condenadas (247 hombres y 1 mujer) –bien por delitos leves o bien porque reconocieron los hechos en la comparecencia previa al juicio rápido-, lo que representa un porcentaje de condenas del 88,6 por ciento.
En el Juzgado de lo Penal nº 5 –el encargado de ventilar estos asuntos- fueron enjuiciados 329 hombres, de los que 196 resultaron condenados, con un porcentaje de condenas del 59,6 por ciento.
La Audiencia Provincial celebró dos juicios por violencia de género a dos enjuiciados, y en los dos casos la sentencia fue condenatoria.
Además, cuatro menores, de entre 16 y 17 años, fueron enjuiciados en el Juzgado de Menores de Santander, de los que tres resultaron con sentencia con imposición de medidas.
El 9 por ciento de las mujeres decide no declarar contra su agresor
De las 1.898 denuncias registradas en los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria, el 59,1 por ciento fueron presentadas por la propia víctima; el 20,4 por ciento de esas denuncias llegó al órgano judicial a través de servicios asistenciales o terceros en general; el 9,1 por ciento por un parte de lesiones, el 9 por ciento por intervención directa policial y el 2,3 por ciento a través de familiares.
De las 1.819 mujeres (1.434 españolas y 385 extranjeras) que figuran como víctimas en las denuncias presentadas, 171 (133 españolas y 38 extranjeras) se acogieron a la dispensa legal a la obligación de declarar como testigo, prevista en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Ello supone que el 9 por ciento de las mujeres que figuran como víctimas en las denuncias presentadas en Cantabria tomaron esa decisión, frente a un porcentaje del 10 por ciento que lo hicieron a nivel nacional.
Por otro lado, otras 40 mujeres -24 españolas y 16 extranjeras- decidieron no declarar cuando fueron llamadas a testificar en juicio ante el Juzgado de lo Penal.
Desde el año 2015, el Observatorio sustituyó entre sus datos estadísticos la cifra de renuncias por la de víctimas que se acogen a la dispensa a la obligación legal de declarar, por entender que se trata de un parámetro más acorde a la realidad toda vez que en los procedimientos de violencia de género la fiscalía siempre actúa de oficio, por lo que la renuncia de la víctima no lleva aparejada obligatoriamente la finalización del proceso judicial.
Medidas de protección judiciales
A lo largo de 2021, los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria recibieron 364 solicitudes para la adopción de órdenes y medidas de protección, de las que acordaron 234.
Se encuadran en estas cifras las órdenes de protección y las medidas de protección y seguridad contempladas en el artículo 544 ter -conllevan medidas penales y civiles, y su adopción exige la presencia del presunto agresor-, y también las del artículo 544 bis -precepto que permite al juez adoptar una protección de carácter penal sin necesidad de tomar declaración al denunciado.
Tales órdenes y medidas de protección y seguridad se tradujeron en 588 medidas judiciales encaminadas a la protección de las víctimas, tanto mujeres como menores. De ellas, 482 eran medidas de carácter penal y 106, de naturaleza civil.
Entre las primeras, las más frecuentes fueron el alejamiento de la víctima (218), la prohibición de comunicación con ella (148) y la suspensión de tenencia y uso de armas (91). En 7 ocasiones se privó de libertad al detenido, en 6 se le prohibió volver al lugar del delito y en 3 se acordó su salida del domicilio.
Por otro lado, entre las medidas cautelares civiles, cuya finalidad es la protección de la mujer y los menores en tanto se resuelve el proceso penal, las más frecuentes fueron las relacionadas con la prestación de alimentos (31) y con la atribución de la vivienda (24).
Destaca, como ya se ha indicado, el aumento en la medida consistente en la suspensión del régimen de visitas, que se acordó en 17 ocasiones, lo que representa un incremento del 112 por ciento respecto a 2020 y del 70 por ciento respecto a 2019.
Ello es consecuencia de la entrada en vigor de la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, que modificó la Ley de Enjuiciamiento Criminal para establecer la suspensión del régimen de visitas “cuando se dicte una orden de protección con medidas de contenido penal y existieran indicios fundados de que los hijos e hijas menores de edad hubieran presenciado, sufrido o convivido” con la violencia de género.
Además el resto de medidas cautelares civiles fueron la suspensión de guarda y custodia (17) y la suspensión de la patria potestad (1).
Siete menores tutelados víctimas de violencia
En la mayoría de los casos en los que se solicitaron órdenes o medidas en los juzgados de violencia, la mujer era española y mayor de edad (273), en otras 78 solicitudes se trataba de mujeres extranjeras, también mayores de edad. Además, en 12 casos se trataba de mujeres españolas menores de edad y en 1 caso era una menor extranjera.
Junto a ello, aparecen en las órdenes de protección solicitadas 3 menores de edad tutelados como víctimas de violencia de género.
No obstante, los menores tutelados en 2021 en Cantabria fueron 7, ya que no en todos los casos se solicitó una orden de protección y por ello no aparecen todos en las mismas.
En cuanto a los denunciados que figuran en las órdenes de protección incoadas, 281 eran hombres españoles y 83 de fuera de nuestro país.
Al analizar la relación que existía entre denunciante y víctima en el momento de producirse la supuesta agresión, en el 47,69 por ciento de las ocasiones eran matrimonio o tenían una relación afectiva, mientras que en el 51,50 por ciento de los casos el vínculo estaba disuelto.
En el caso de los tres menores tutelados que figuran en las órdenes de protección, la relación existente era paterno-filial.
La mayoría, delitos que conllevan de seis meses a un año de prisión
A lo largo de 2021, los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria recibieron 2.075 asuntos.
De ellos, 579 apenas requirieron instrucción y se llevaron por juicio rápido, 82 fueron delitos leves y 1 se tramitó como sumario. El resto de asuntos se llevaron por diligencias previas o procedimiento abreviado -los procedimientos de instrucción más habituales-.
Si se analizan los tipos delictivos en los que se encuadran las denuncias presentadas, la mayoría (655) responden a acciones tipificadas en el artículo 153 del Código Penal, esto es, el delito que castiga una conducta que no da lugar a lesión o sólo requiere una primera asistencia médica, cuya condena oscila entre los seis meses y el año de prisión.
Otros 486 delitos correspondieron al tipo del artículo 173, que condena aquella actitud persistente que genera un clima de pánico en el entorno familiar. Este delito está penado con una condena de entre seis meses y tres años de cárcel.
Además, en 44 ocasiones se tramitó procedimiento que responde al maltrato del artículo 148 y siguientes del Código Penal, preceptos que se refieren a una lesión que requiere una primera asistencia y un tratamiento médico posterior, y cuya pena va de los seis meses a los cinco años de cárcel.
También se inició un asunto por homicidio, otros 415 asuntos lo hicieron por quebrantamiento de condena, 199 por quebrantamiento de medidas cautelares, 106 por delito contra la libertad, 50 por delito contra la integridad moral, 9 por delito contra la libertad e indemnidad sexual, 4 contra el honor y 2 contra la intimidad.
En cuanto a los procedimientos por delitos leves, 31 lo fueron por injurias y 14 por vejaciones injustas. El resto corresponde a otros delitos.
Además, las denuncias presentadas ante los juzgados de violencia de género dieron lugar a la apertura de 203 procedimientos civiles, entre los que destacan 85 divorcios, 57 sobre la adopción de medidas de guarda y custodia de hijos de parejas no casadas, 35 sobre modificación de medidas acordadas en sentencia y 17 sobre liquidación del régimen económico matrimonial.
Formas de terminación de las denuncias
Las denuncias registradas en los juzgados de violencia sobre la mujer se instruyen y, como consecuencia de las diligencias practicadas, tienen diferentes formas de terminación.
Así, el 17,2 por ciento de las denuncias que se tramitaron en 2021 en los juzgados de violencia concluyó con sentencia en el propio órgano –bien porque se trataba de un delito leve o bien porque, siendo el delito grave el acusado se conformó con la condena solicitada por el fiscal-.
Estos juzgados dictaron un total de 279 sentencias, de las que 247 fueron condenatorias y 32 resultaron absolutorias.
Por otro lado, el 50 por ciento de los procedimientos que se tramitaron finalizó en sobreseimiento, bien libre (el 3,4 por ciento del total de procedimientos) o provisional (el 46,6 por ciento).
Hay que tener en cuenta que una gran parte de los casos en los que se produce el sobreseimiento provisional, como también ocurre con las sentencias que son absolutorias, responde a que la denunciante se acoge a la dispensa a la obligación de declarar como testigo.
En este sentido, cabe señalar que el 41 por ciento de las denuncias llegaron al juzgado por vías ajenas a la propia víctima: o por intervención policial, o por denuncia de un familiar, o por un parte de lesiones o por servicios asistenciales y terceros en general.
Elevación al órgano enjuiciador
Finalmente, el 17,8 por ciento de los procedimientos tramitados se elevó al órgano de enjuiciamiento competente –bien al Juzgado de lo Penal nº 5 de Santander o bien a la Audiencia Provincial, en función de la gravedad del delito-.
Durante el periodo analizado, el citado Juzgado de lo Penal nº 5 dictó 329 sentencias, de las que 196 fueron condenatorias –en 110 ocasiones el acusado admitió los hechos y se conformó con la pena- y 133 resultaron absolutorias.
Por su parte, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria, la especializada para ventilar asuntos graves de violencia sobre la mujer, celebró dos juicios y dictó dos sentencias condenatorias.
Como órgano de apelación, recibió 110 recursos contra 102 sentencias dictadas en el Juzgado de lo Penal nº5 (por delitos menos graves) y 8 sentencias de los juzgados de violencia sobre la mujer (por delitos leves).
Esta Sección de la Audiencia resolvió en el periodo analizado 82 recursos, dictando 57 sentencias condenatorias y 17 absolutorias.