Absuelto el acusado de abusar de las sobrinas de su pareja porque no se han practicado pruebas que lo acrediten

La Guardia Civil detiene al presunto autor de unos abusos sexuales sobre una menor de 17 años en las fiestas Astillero. Las sinsombrero convocan una concentración contra la violencia machista . Trabajadores Unidos denuncia la "insostenible" la situación de la Unidad de Valoración Forense Integral de la Violencia de Género y Domestica
Tiempo de lectura: 8 min

La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a un hombre que venía siendo acusado de abuso sexual a dos sobrinas de su pareja ya que “no se han practicado pruebas que acrediten de forma concluyente e indiscutible que efectivamente los hechos se hayan producido en la forma descrita por las acusaciones”.

En una sentencia reciente contra la que cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia, la Audiencia señala que ha llegado a tal pronunciamiento absolutorio “no porque considere que los hechos denunciados sean falsos o porque entienda que no han sucedido”, sino porque, atendiendo a criterios mínimos de valoración de las pruebas practicadas, no se han podido acreditar.

Y añade: “Para obtener dicho resultado, el tribunal ha de respetar necesariamente normas mínimas de valoración de la prueba comúnmente aceptadas en una sociedad democrática, entre los que se incluyen derechos, principios y normas de interpretación como los de presunción de inocencia, canon de razonabilidad, principio de in dubio pro reo, prueba suficiente, etc”.

El acusado fue enjuiciado como presunto autor de dos delitos continuados de abusos sexuales a las sobrinas de su pareja por hechos presuntamente ocurridos entre 2013 y 2016, cuando las niñas tenían entre 7 y 10 años una, y entre 8 y 11 años la otra. La denuncia que dio lugar al procedimiento contra él se inició en 2019.

Explica el tribunal en la resolución que “no consta” que cuando el acusado coincidía con las niñas en reuniones familiares en casa de los abuelos, éste “se reuniera con ambas en el salón de la vivienda mientras el resto de familiares se encontraba en la cocina u otras dependencias de la casa, y cuando las niñas se tumbaban en la alfombra o en el sofá a jugar con el teléfono móvil que les había facilitado previamente, el acusado restregara sus genitales sobre el cuerpo de las niñas”.

No se destruye la presunción de inocencia

La Audiencia señala que “no ha llegado al razonable, pleno y absoluto convencimiento con el grado de certeza exigible en materia penal” de que los hechos por los que fue acusado hayan tenido lugar como fueron relatados, “al no haberse practicado prueba de signo incriminatorio con aptitud suficiente para destruir el derecho a la presunción de inocencia”.

El 016 es el teléfono de atención a las víctimas de violencia de género. No aparece en la factura, pero sí hay que borrarlo del listado de las llamadas realizadas desde el móvil

En este sentido, el tribunal destaca que solo consta el testimonio de las menores como única prueba de cargo “sin elemento alguno de corroboración periférico externo” que pudiera servir “para reforzar dicho testimonio”.

Si bien el Tribunal Supremo admite el testimonio único como medio probatorio, éste debe cumplir una serie de requisitos y, en el presente caso, las declaraciones de las menores “no gozan plenamente de la nota de persistencia, al haberse apreciado en dichos relatos contradicciones de cierta importancia, no siendo tampoco manifestaciones espontáneas de las mismas y al no haberse mantenido en todo momento los mismos hechos determinantes a lo largo de sus declaraciones”.

Por otro lado, subraya el tribunal que “resulta extraño” que los hechos denunciados “se produjeran tantas veces en un periodo que se prolongó durante años y durante tanto tiempo de cerca de veinte minutos cada vez sin que nadie se percatara de los hechos, a pesar del gran número de familiares que se encontraban en el domicilio”.

Y añade que “nadie ha concretado dónde se encontraba” el hermano de una de las menores, también un niño entonces y que, según la versión de una de ellas, también se encontraría en el salón; “niño que si se encontraba en el salón pudo haber visto –o más bien tuvo necesariamente que haber presenciado- los hechos y que podía haber declarado, ya que su testimonio resultaría concluyente”.

Para la sala, “inexplicablemente no ha sido llamado como testigo, a pesar de su importancia y de que parece que ya puede ser mayor de edad”.

No hubo cambio de humor ni de comportamiento

Junto a ello, destaca la sentencia que “durante el largo tiempo” en que supuestamente habrían ocurrido los hechos, ningún familiar de las menores apreció “señal o síntoma alguno de malestar o incomodidad, ni cambio de humor, de comportamiento o rendimiento escolar” y tampoco “variación” de ellas en su relación con el acusado, hasta el punto de haber realizado “algunas actividades lúdicas con él”, como ir a esquiar o al cumpleaños del hijo del acusado.

Finalmente, sobre el informe pericial que calificó de creíble el testimonio de las menores, la sala explica que los relatos que ofrecieron a los psicólogos “en principio pudieran ser en sí mismos considerados creíbles”, si bien “vistas las importantes contradicciones” en que han incurrido “y las circunstancias concurrentes que no pudieron valorar los peritos, no resulta en modo alguno suficiente para proclamar la autoría del acusado respecto a los hechos objeto de acusación”.

En definitiva, concluye la Audiencia: “No se ha practicado prueba suficiente para desvirtuar el derecho a la presunción de inocencia del acusado”, teniendo en cuenta que “el derecho penal se fundamenta en certezas, no en hipótesis conjeturas o meras probabilidades”.

“Un pronunciamiento penal condenatorio exige certeza absoluta o, al menos, una probabilidad rayana en la certeza sobre la existencia de los hechos objetivos del tipo penal, así como la inexistencia de alternativas fácticas verosímiles y razonables, ya que, ante la mínima duda, mínima probabilidad razonable contraria, el tribunal resultaría obligado a no dar por cierto tal hecho conforme al conocido principio in dubio pro reo”, sentencia.

DETENIDO EL PRESUNTO AUTOR DE ABUSOS SEXUALES CONTRA UNA MENOR

La Guardia Civil de Cantabria, ha procedido a la detención de un joven de 28 años de edad y vecino de Parbayón, como presunto autor de un delito de abusos sexuales sobre una joven de 17 años de edad en la localidad de El Astillero.

A primeras horas de la madrugada del sábado, cuando la joven reseñada se encontraba junto con un grupo de amigos en la zona de las parrillas del club de remos de la citada localidad, se alejó a una zona apartada. En ese momento un desconocido trató de abusar de ella.

Tras esto, la joven pudo alertar a la Guardia Civil, describiendo al presunto agresor.

En pocos minutos, se personaron en el lugar diferentes patrullas, y tras llevar a cabo una minuciosa búsqueda por la zona donde ocurrieron los hechos, lograron localizar y detener a un joven como presunto autor de lo sucedido.

CONVOCATORIA CONTRA LA VIOLENCIA MACHISTA

Para este viernes a las 19:30 en la Plaza del Ayuntamiento de Castro Urdiales, la asociación feminista y LGTBI+ Las SinSombrero ha convocado una concentración contra la violencia machista

TRABAJADORES UNIDOS: «La situación de la Unidad de Valoración ForenseIntegral de la Violencia de Género y Domestica es insostenible»

Creada a finales del año 2005, y que desarrolla su trabajo como unidad de actuación especializada dentro del Instituto de Medicina Legal (IML), para dar una respuesta a este tipo de violencias, está formada principalmente por dos técnicos, psicóloga y trabajadora social, (equipo Psicosocial de la Unidad) y para algunos casos de carácter penal intervienen de forma interdisciplinar junto a un médico forense y/o psiquiatra forense que corresponda en cada caso, y depende funcionalmente del Servicio de Clínica Forense del IML.

Según denuncia TU , La Unidad de Valoración integral forense presenta una carga de trabajo que está suponiendo el colapso funcional del servicio. Esta situación responde a un aumento considerable de expedientes en los últimos años observándose una tendencia al alza de los asuntos penales, principalmente con menores víctimas de abuso sexual intrafamiliar, así como valoraciones integrales de víctimas de violencia de género, mujeres e hijos.

Afirman que en los últimos 4 años el número de expedientes se ha triplicado, y sin embargo, no así, los recursos para la agilización de los expedientes.

«Desde el Sindicato Trabajadores Unidos, denunciamos esta situación y las condiciones laborales de los empleados públicos. El Gobierno celebra con muchas actividades de sensibilización las emergencias invisibles y se olvida de dotar a la administración de las medidas necesarias para paliar los problemas, en este caso de violencia».

Citan como ejemplo retrasos de más de seis meses en asuntos civiles de violencia de género, así como asuntos penales de violencia de género, doméstica y abuso sexual intrafamiliar a menores, «odos ellos asuntos que requieren de una respuesta inmediata por exigencia de Jueces y Tribunales».

Recuerdan que esta Unidad se encuentra totalmente desbordada  y consideran que es «urgente y necesario dotarla de refuerzos inmediatos por parte de la Dirección General de Justicia de la Consejería de Presidencia».

Por tanto, exigen «que en orden a preservar este servicio público de carácter prioritario y esencial, que se dote a dicha Unidad con un/a Psicólogo/a y un/a Trabajadora/a Social más, para poder dotar del número de recursos humanos, económicos y materiales preciso para que la Unidad de Valoración Forense Integral de la Violencia de Género y Domestica pueda desarrollar su labor de manera eficiente y eficaz».

  • Este espacio es para opinar sobre las noticias y artículos de El Faradio, para comentar, enriquecer y aportar claves para su análisis.
  • No es un espacio para el insulto y la confrontación.
  • El espacio y el tiempo de nuestros lectores son limitados. Respetáis a todos si tratáis de ser concisos y directos.
  • No es el lugar desde donde difundir publicidad ni noticias. Si tienes una historia o rumor que quieras que contrastemos, contacta con el autor de las informaciones por Twitter o envíanos un correo a info@emmedios.com, y nosotros lo verificaremos para poder publicarlo.