El TSJC rechaza la petición del PP de anular la posibilidad de la comisión de investigación de las basuras de Santander

Rechazadas las medidas cautelares en la denuncia que ha presentado el PP, a través del Grupo Municipal –que se nutre de recursos públicos—contra el Ayuntamiento de Santander
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El Tribunal Superior de Justicia mantiene el cambio del reglamento municipal que permite la celebración de comisiones de investigación en Santander (figura habitual en otras ciudades o instituciones no prevista en la ciudad, hasta ese momento pese a las décadas de gobierno del PP).

Así lo establece en un auto, al que ha tenido acceso EL FARADIO, en el que se rechazan las medidas cautelaras pedidas por el PP contra la modificación del reglamento que aprobaron, contra su criterio, los demás partidos, sumando mayoría, y que permitía que en Santander se celebren comisiones de investigación como la que se viene reclamando sobre la gestión de las basuras al aflorar incumplimientos e irregularidades varias tras la acumulación de quejas por la suciedad en las calles.

La modificación del reglamento para la creación de comisión de investigación se aprobó por 16 votos (PSOE, PRC, Cs, UxS y VOX) en Pleno Extraordinario celebrado a instancias de todos los grupos el 23 de diciembre.

Frente a esas pretensiones, el PP llevó el asunto a los tribunales (paradójicamente, lo hace a través del Grupo Municipal Popular, cuyo personal y recursos, como en todos los grupos, viene de recursos municipales, de modo que tenemos al PP llevando a los tribunales con recursos públicos al Ayuntamiento de Santander en el que gobierna).

Y así, en el mes de enero, los 11 concejales del PP, con la alcaldesa al frente, demandaron al Ayuntamiento ante el TSJC contra el acuerdo del Pleno y solicitaron medidas cautelares.

En ese proceso, pidió lo que se conoce como medidas cautelares, una anulación del asunto que denuncia como forma de evitar daños irreparables si finalmente se produjera ese anulación. El rechazo a la petición de medidas cautelares no afecta al fondo del asunto, que se dirimirá según avance el proceso judicial.

La Sala vio causa de inadmisibilidad, pero tanto el demandante (PP) como el demandado, el Pleno municipal, representado por los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento, se alinearon en la procedencia de la demanda.

La decisión judicial abre la puerta a la creación de una comisión de investigación sobre el contrato de las basuras, como quieren todos los partidos de la oposición (PSOE, PRC, UxS y VOX) y Ciudadanos, que es socio de Gobierno del PP.

EL AUTO

El PP sostenía que el acuerdo que modificó el reglamento del Pleno es nulo de pleno derecho por “infracción palmaria” en su aprobación, y se remite para ello a un informe del secretario municipal.

En cualquier caso, el PP nunca, en todos estos meses, ha plasmado ni intentando su alternativa de como debía hacerse una comisión de investigación. Su negativa a retirar este recurso está detrás de la falta de un presupuesto en la ciudad: al no tener mayoría suficiente, tiene que pactar, y los grupos le han puesto para apoyarle entre las condiciones que retire el recurso. La falta de presupuesto (suelen entrar en vigor en enero y estamos en junio) supone constantes modificados presupuestarios para atender gastos no previstos y ha impedido, por ejemplo, el abono de las horas extras que tienen que prestar los policías locales por la insuficiente dotación de personal.

El PP calificaba en su petición de “efectos perversos irreparables” los cambios que abrían la posibilidad de celebrar comisiones de investigación, pero la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC recuerda que  esa anulación se debe hacer cuando se hable de daños “graves” o individuales.

Asimismo, el auto repasa antecedentes en torno a la figura de las medidas cautelares, recordando que su fin es también que se puede llevar a cabo juicio sobre el asunto e impedir también que durante el tiempo que tarde en abordarse se produzca un daño definitivo que haga innecesario el propio juicio.

En este caso, el TSJC explica al PP que no acredita ese perjuicio del cambio normativo, y recuerda que incluso en el caso de que se empezara a aplicar con la aprobación de una Comisión –de lo que estamos hablando es de la norma que permite que se celebre—eso podría llevarse a su vez a los tribunales y pedirse a su vez medidas cautelares por ese paso concreto, por tanto, descarta que haya un daño definitivo e irreparable.

 El auto impone las costas a los demandantes, que son el Grupo Municipal Popular –en lugar del PP como partido, esto es como si un grupo parlamentario denunciara al Gobierno de Cantabria y no es lo habitual en procesos judiciales entre partidos e instituciones–, que se nutre de recursos públicos, por lo que las costas serán sufragadas con recursos públicos.

 

 

 

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