CLAVES

Cuando puedes decidir si te acusas a ti mismo: así enterró el PP la comisión de las basuras de Santander

El PP presenta como aval a su gestión una resolución judicial que en realidad es consecuencia de sus decisión de aparte del proceso, mientras suma una nueva sentencia en contra por otro contrato, el de Parques y Jardines
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (la que aborda los pleitos que tienen que ver con las instituciones) ha estimado el recurso que presentó  la alcaldesa de Santander contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento que modificaba el reglamento para permitir que en Santander hubiera comisiones de investigación, en genérico, aunque con la mirada puesta en una que explicase por qué la ciudad acumulaba un grave problema de suciedad pese a tener empresas responsables de su limpieza.

UN POCO  (SÓLO UN POCO) DE CONTEXTO

Hace falta aplicar el traductor y recordar antecedentes: en la legislatura pasada, los grupos de la oposición y Ciudadanos, socio del equipo de Gobierno pero crítico, sumaban más votos que el PP y consiguieron modificar el Reglamento del Pleno (las normas de funcionamiento de este órgano) para que en Santander pudieran celebrarse, como sucede en el Congreso de los Diputados, el Parlamento de Cantabria y otros ayuntamientos españoles, comisiones de investigación. Una posibilidad no prevista por el PP pese a sus décadas de gobierno en exclusiva o con compañía. Al PP no le gustó el acuerdo y lo recurrió, dándose la paradoja de tener a la alcaldesa  llevando a los tribunales una decisión del Ayuntamiento de Santander.

EL TÍPICO AVAL LEGAL SIN ARGUMENTOS LEGALES

Ahora el TSJC ha estimado ese recurso, lo que la alcaldesa Gema Igual ha presentado como un aval a su recurso y un reproche legal a la oposición.

Basta leer la sentencia, consultada por EL FARADIO, para comprobar que no es así: si fuera así, la resolución, de apenas 5 páginas, invocaría, en sus fundamentos de derecho argumentos legales, artículos del reglamento u otras sentencias sobre por qué no se podía modificar el reglamento del Pleno, hubiera avalado la tesis del PP de que eran los partidos de la oposición los que tenían que armar un expediente (cuya documentación de base estará en manos del equipo de Gobierno del PP) o incluso hubiera cuestionado la legitimidad de los partidos de oposición para aprobar esa modificación.

Nada de eso sucede en la respuesta al recurso, que se limita a enumerar lo sucedido: el recurso contra  la modificación del acuerdo del Pleno de 2021 que modificó el Reglamento, y, en octubre de 2023, la solicitud de allanamiento por parte del Ayuntamiento.

DE FECHAS Y PALABRAS

Cuando cualquiera de nosotros leemos la palabra allanamiento se nos va hacia la expresión allanamiento de morada oída en tantas películas o series. Cuando la lee un abogado, político o juez, en lo que piensa es en que una parte de un proceso judicial se aparta de él.

Y si las palabras son importantes, las fechas aún más: el acuerdo del Pleno de Santander que modificó el Reglamento se aprobó en 2021 y el allanamiento en 2023, afinando más, en octubre. Es decir, el primero fue de la anterior legislatura, cuando toda la oposición más Ciudadanos sumaban mayoría (y en consecuencia sus votos en ese Pleno representaban al Ayuntamiento) y el segundo fue después de las elecciones, es decir, cuando el PP logró la mayoría absoluta.

CUANDO DECIDES SI SIGUEN CON TU DENUNCIA

Desde esa posición, en realidad lo que pasó es que estaba en su mano decidir si continuaba con el proceso impulsado por la anterior mayoría, pero cómo la posición de decidir si lo hacían o no estaba en su mano, pues decidió no continuar.

Dicho de otro modo: el PP, que era de algún modo el denunciado (y a la vez quien había denunciado al propio Ayuntamiento) pasó a ser quien decidía si seguía siendo denunciado, o, si se quiere, si iba a seguir denunciando al Ayuntamiento, siendo ambas partes.

MÁS QUE UNA SENTENCIA, UNA CONSECUENCIA

Así pues, la sentencia es una consecuencia, un automatismo similar al archivo de un proceso judicial cuando una de las partes fallece y no hay a quien juzgar. La parte codemandada, representada por el concejal de Vox en la antigua legislatura, ahora fuera de la institución y, a lo que se trasluce del documento, sin interés en que el proceso del que participó activamente siga adelante. no protesta contra ese allanamiento, por lo que, formalmente, es una sentencia por conformidad.

La falta de aval legal se ve clara en la lectura de los fundamentos de derecho, el meollo argumentativo de toda sentencia que se precie, que se limita a glosar que el Ayuntamiento aprobó el citado allanamiento, por lo que, “ante el allanamiento de la administración demandada, debemos estimar y estimamos el recurso”. Son cuatro puntos que no citan argumentos legales a favor de la (nueva) postura del Ayuntamiento, sino un repaso de las normas que se aplican en caso de allanamiento.

Esa consecuencia del allanamiento es lo que la alcaldesa ha presentado como un aval a su actuación contra una oposición a la que le concede el poder de actuar “a las bravas”, en un comunicado en el que apenas puede citar párrafos de la sentencia con esos avales legales, y en la que admite que el cambio de postura se debe precisamente al cambio electoral. Asimismo, se remite a un futuro cambio de Reglamento para las comisiones –para el que pone el contador en 2004, cuando se aprobó el actual, en lugar de en las décadas de gobierno único acumulado del PP en la ciudad en las que no se ha abordado la posibilidad de comisiones de investigación, como en otras ciudades o administraciones).

AHORA, PARQUES Y JARDINES

Pero poco dura la alegría en casa de las administraciones en las que se acumulan los problemas con las adjudicatarias: el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Santander dictaba otra sentencia por un valor de 3,2 millones de euros a favor de la adjudicataria de Parques y Jardines, otro contrato difícil, al que el PP estaba aplicando descuentos en la factura denunciados por la empresa y avalados legalmente, estos sí, por los tribunales, en varias ocasiones (y que suman más de 7 millones de euros).

El PSOE de Santander considera “un escándalo” que el Partido Popular “dilapide millones y millones de euros” de forma “torpe” e “inadmisible”, como expone esta última resolución judicial. Su portavoz, Daniel Fernández, ha asegurado que la sentencia certifica el “descontrol” en la fiscalización de los servicios públicos durante su vigencia, “cuando el PP mira para otro lado”, y posteriormente un “burdo intento” de “reinterpretar unilateralmente los contratos, a través de un control financiero erróneo, que llega muy tarde y se utiliza de manera torpe y abusiva”.

“La consecuencia es que los santanderinos y las santanderinas tendremos que afrontar con nuestros impuestos los costes de una cascada de millones y millones de euros como consecuencia de la nefasta y negligente gestión de la alcaldesa de Santander, Gema Igual y del Partido Popular”, ha asegurado.

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