Empresas privadas podrán gestionar suelos públicos por concesión durante 75 años

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El anteproyecto de la nueva Ley de Vivienda en Cantabria, actualmente en tramitación, contempla la posibilidad de ceder suelo público durante un máximo de 75 años a empresas privadas, cooperativas o fondos de inversión, con el objetivo de que construyan y gestionen viviendas destinadas al alquiler asequible.

Las cesiones se realizarán en régimen de concesión administrativa con derecho de superficie, lo que implica que, durante ese periodo, las entidades concesionarias tendrán la potestad de construir, explotar y administrar los inmuebles, tal y como refleja el documento analizado por EL FARADIO.

Esta fórmula, habitual en modelos de colaboración público-privada, supone que la iniciativa y gestión de la vivienda pública quede en manos del sector privado durante décadas.

Aunque los contratos exigirán el cumplimiento de precios asequibles y otros requisitos técnicos o sociales, el control administrativo dependerá de mecanismos de inspección, auditorías e informes periódicos, cuyo alcance se definirá por parte de la Consejería competente.

En los términos recogidos por la normativa, al término del periodo concesional, las viviendas revertirán al parque público. Además, la ley abre la puerta a que, una vez amortizada la inversión, se permita la venta de las viviendas a sus inquilinos, si así lo autoriza la administración.

Las cesiones deberán tramitarse mediante procesos de concurrencia pública, con criterios que incluyen la solvencia técnica y económica de las entidades solicitantes, así como su capacidad para garantizar calidad, sostenibilidad y precios accesibles. La definición exacta de “alquiler asequible” o los baremos de evaluación de estas propuestas quedan pendientes de desarrollo reglamentario.

La ley prevé además otras fórmulas de colaboración, como permutas de suelo público a cambio de la construcción de viviendas, que también pasarán al parque público una vez finalizadas, siempre bajo procedimientos públicos de adjudicación.

Se añade la obligación de las entidades concesionarias de adherirse al sistema arbitral de consumo, para facilitar la resolución gratuita de conflictos entre inquilinos y gestores. Asimismo, se establecen compromisos en materia de habitabilidad y sostenibilidad, aunque su fiscalización dependerá de la capacidad inspectora de la administración autonómica.

 


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