Llamar a la grúa municipal, entre las acciones que recomienda el «protocolo» de la Policía Local para el supuesto de El Bocal

El sistema que el Ayuntamiento presenta como protocolo (que desconocen agentes que intervienen en avisos o representantes sindicales) incluye, para riesgos estructurales listados genéricos sin jerarquía donde conviven bomberos, ambulancias o grúas
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Para que la actuación del Ayuntamiento de Santander en la gestión de la incidencia de El Bocal parezca lo que intenta que parezca, un mero fallo humano de una agente, es importante que haya unos protocolos, normas de funcionamiento interno, que cumplir o incumplir.

El problema es que cuando el Consistorio se los ha remitido a la jueza que investiga el derrumbe de la pasarela, ,resto de la fracasada senda costera, que causó la muerte a seis jóvenes y heridas a una séptima, esto ha suscitado dudas no sólo a la propia instructora, que ha tenido que pedir más documentación y citar a mándos o cargos policiales, sino que ha sorprendido a quienes llevan el peso diario del servicio: los agentes y sus representantes sindicales.

Tal y como viene contando EL FARADIO, los sindicatos han tenido que pedirle al Ayuntamiento que les remita unos documentos que deberían haber conocido alguna vez por sus obvias implicaciones laborales , mientras que los agentes que gestionan o han gestionado incidencias es la «primera vez» que los leen.

En realidad, según ha publicado este medio, lo que el Consistorio ha enviado a la jueza (acompañado de un despliegue comunicativo previo y posterior) es un manual de uso de un programa informático y dos documentos genéricos, uno de ellos sin fecha ni membrete ni autor y otro directamente con fecha posterior al derrumbe.

El Ayuntamiento presenta como protocolos el manual de uso de un programa informático y documentos con fechas posteriores a la tragedia de El Bocal

Del carácter genérico del documento que repasa un listado de hechos supuestos de actuación da idea que se limite a enumerar categorías amplias acompañadas de respuestas estándar —como “confirmar hecho”, “enviar agentes” o “realizar diligencias”— sin concretar criterios de valoración, prioridades operativas ni condiciones específicas que orienten la toma de decisiones en cada caso.

El supuesto en el que se encuadraría la actuación de El Bocal sería el de derrumbe. Es lo que han venido planteando en distintos escritos el Ayuntamiento y la Jefatura de la Policía Local. Es el supuesto por el que la jueza ha preguntado si se había impartido formación específica, encontrándose con la contradictoria respuesta de que no, contradictoria porque en escritos previos se había defendido que sí.

La Policía Local admite que no ha impartido formación específica en emergencias y derrumbes en diez años

 

Y así, según el «supuesto» (en valoraciones de sindicatos policiales) protocolo, ante un aviso que puede interpretarse como derrumbe, el operador debe seleccionar la categoría que considere más adecuada —como categorías relacionadas con riesgos estructurales—, lo que condiciona las opciones que el sistema le presenta.

Para este tipo de situaciones, las actuaciones asociadas incluyen, en un mismo nivel, la comprobación del hecho mediante el envío de agentes, junto a otras posibilidades como la movilización de bomberos —en este caso incluso acompañada de un signo de interrogación—, la comunicación al juzgado en caso de víctimas o incluso el envío de una grúa municipal.

La inclusión de estos recursos en un mismo bloque, sin una jerarquía explícita ni una indicación clara de prioridad, pone de relieve que el sistema no establece de forma clara qué servicios deben activarse de forma automática ante un riesgo estructural. Por el contrario, presenta un conjunto abierto de opciones, entre las que el operador debe elegir en función de la información disponible.

Además, la propia instrucción interna sobre actuación en emergencias —que incluye expresamente los derrumbes de edificios— refuerza esta lógica. En ella se indica que, tras recibir el aviso, los agentes deben recabar datos sobre la situación, trasladarlos a las patrullas y, a partir de esa información, valorar la intervención de otros servicios. Entre esos recursos se mencionan bomberos, ambulancias, juzgado —en caso de víctimas— y otros servicios, donde se incluyen de forma expresa grúas, compañías de gas o electricidad.

UN «PROTOCOLO» QUE LO FÍA TODO A VALORACIONES PERSONALES

Es decir, dando por bueno que lo que sucedió en El Bocal fue un derrumbe equiparable al de un inmueble (como los casos de el Cabildo o Sol 57), el documento no fija una respuesta concreta, sino que remite a una evaluación posterior sobre el terreno y a la coordinación con los servicios especializados. La actuación policial se centra inicialmente en comprobar los hechos, auxiliar a posibles víctimas y adoptar medidas de seguridad, como evacuaciones o acordonamientos, quedando la movilización del resto de recursos sujeta a esa valoración posterior

Este esquema invocado el Ayuntamiento como guía básica de actuación sitúa la decisión inicial del operador como un elemento determinante. La elección de la categoría de incidencia —y, por tanto, del conjunto de actuaciones disponibles— condiciona la respuesta, sin que exista un automatismo claro que garantice una activación uniforme de recursos ante un mismo tipo de riesgo estructural.

La documentación no describe un protocolo técnico con pasos definidos y obligatorios, sino un sistema que combina una clasificación previa con un catálogo de actuaciones posibles. Es precisamente en esa ausencia de jerarquía y de secuencia cerrada —visible en el hecho de que una grúa municipal figure junto a los servicios de emergencia— donde se evidencia la diferencia entre un procedimiento operativo estructurado, como el que establece la Ley que encaje con la denominación de protocolo– y un modelo basado en opciones abiertas como el que a la hora de la verdad aplican en el día a día los agentes de la Policía Local de Santander.


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