El Observatorio contra la LGTBFOBIA ve a los jueces reacios con los delitos de odio

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El Observatorio Español contra la LGBTFOBIA (STOPLGBTFOBIA) denuncia las trabas, el freno, los obstáculos y las constantes objecciones por parte de los jueces españoles a la hora de aplicar las leyes y condenar los delitos de odio.

En un comunicado, esta organización estatal se hace eco de la información adelantada por EL FARADIo sobre un auto en el que el juez Daniel Prieto, titular del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº5 de Torrelavega (Cantabria) ha desestimado tipificar como “delito de odio” la agresión sufrida por una pareja de chicos homosexuales el pasado mes de octubre, que se produjo cuando un agresor se cruzó con la pareja abrazada y en actitud cariñosa, y les increpó “mariquitas”, al mismo tiempo que fueron agredidos con un puñetazo y una mordida en una mano (esta misma semana, además, se conocía una nueva agresión homófoba en Santander, a un menor de edad).

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El Observatorio cuenta como según el auto del «ínclito» juez, el agresor “no tuvo intención de cometer un ataque frontal a la dignidad de los agredidos”, al mismo tiempo que minimiza los hechos con circunstancias atenuantes de “altas horas de la noche” y presunción de estar “bajo los efectos del alcohol”.

Tanto la acusación particular como la Fiscalía exigían considerar los hechos como un delito de odio, pero según el juez para aplicar el Artículo 510.2 del Código Penal, se necesita “un extra de gravedad que no se da en este caso”, excusándose además en la falta de jurisprudencia en estos temas.

“Desde STOPLGBTFOBIA estamos sorprendidos y desconcertados ante este tipo de decisiones judiciales que minimizan e ignoran reiteradamente los agravantes de odio contemplados en nuestro actual Código Penal, provocando de hecho que seamos considerados ciudadanos de segunda categoría a la hora de buscar justicia”, ha declarado Paco Ramírez, director del Observatorio.

“En esta ocasión ha sido el propio juez, pero en otros casos similares ha sido la propia Fiscalía quien se ha negado a considerar los agravantes de odio, respaldados por los propios atestados policiales. Parece ser que a pesar de la existencia de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Odio, y de la aprobación de Protocolos Específicos por parte de las Fuerzas de Seguridad del Estado antes incidentes de odio, este tipo de incidente no es tipificado como ‘de odio’ con lo hoy en día resulta muy barato insultar y agredir a las personas LGBT en España”, enfatiza Paco Ramírez.

PROTOCOLOS Y LEYES

Y reivindican «con urgencia» la aprobación por parte del Ministerio de Justicia de un Protocolo de Actuación Judicial específico en casos que involucren a personas LGBT y a otras minorías objeto de odio, que se sumaría al que ya aprobó el Ministerio del Interior aprobó su Protocolo Policial de Actuación ante los Delitos de Odio.

«Con este Protocolo se orientaría a los jueces y fiscales a que se vean obligados a investigar los posibles agravantes de odio en todas las denuncias de procesos judiciales que afecten a personas víctimas de odio y a que los apliquen sistemáticamente. Esto ya viene siendo aplicado y difundido por algunos sistemas judiciales como la Corte Suprema de México”, añade Ramírez.

A lo que suma su defensa de que “las necesidades y la realidad actual hacen imperativa una Ley Estatal de Delitos de Odio y una Ley Estatal de Igualdad y no Discriminación, que normativicen en una legislación estatal los avances en derechos sociales para las personas LGBT que diferentes leyes están impulsando a lo largo de la geografía española».

 

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