Directivos de Sniace irán a juicio por delito contra el medio ambiente por vertidos al río

La Abogacía del Estado pide penas de dos años de prisión para cada uno y una indemnización de 50 millones de euros
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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Torrelavega ha acordado la apertura de juicio oral contra varias empresas y directivos del grupo Sniace, incluyendo el expresidente Blas Mezquita y varios exconsejeros por un delito continuado contra los recursos naturales y el medio ambiente.

Así lo refleja un auto, adelantado este mediodía por la Cadena Ser y consultado por EL FARADIO, que implica el fin de la investigación previa y que en el momento en que una de las partes presente escrito habrá juicio, quedando pendiente fijar la fecha. Toda vez que las propias partes tendrán que presentar escrito de defensa y que la acusación es el Ministerio Fiscal, la parte pública, esto significa que el proceso continuará.

La Fiscalia considera a José González Payno –que fue director de Operaciones de Sniace– autor material, y al resto autores por omisión, por lo que se pide para cada uno 16 meses de prisión, multa de 6.000 euros y la inhabilitación para cualquier actividad relacionada con la emisión de vertidos por un plazo de 20 meses.

En total son ocho acusados, por lo que las penas superan los diez años de prisión y la multa los 54.000 euros. Además, deberán indemnizar al Estado en la cantidad que se fije en el juicio o la sentencia. Y la propia empresa es considerada responsable civil subsidiaria, es decir, deberá indemnizar si estos no lo hacen.

El proceso lo impulsó Ecologistas en Acción, que ejerce también la acusación, en los mismos términos que el Ministerio Fiscal y el abogado del Estado, que eleva las peticiones de pena a dos años y medio de prisión para cada uno, la multa a más de 10.000 euros también para cada uno y la inhabilitación a 2 años. Y fija la petición de indemnización en 50 millones de euros, que deberán abonar de forma conjunta entre todos los acusados y, de forma subsidiaria, la empresa.

La apertura del juicio oral se produce después de que la Audiencia Provincial aceptara los recursos tanto de la Fiscalía como de Ecologistas en Acción Cantabria, pues en un primer momento el Juzgado nº 1 de Torrelavega solo había imputado al Director de Operaciones de la empresa. La Audiencia Provincial en diciembre de 2018 enmienda al Juzgado y mantiene no solo la imputación al Director de Operaciones sino que la amplía a todo el Consejo de Administración.

Según denunció Ecologistas en Acción, los vertidos se habían producido sin autorización de la Confederación Hidrográfica del Norte y los mismos presentaban elevados niveles de conductividad, sólidos en suspensión, DQO, DBO5, carbono orgánico total, nitrógeno total, cobre, zinc, plomo, selenio y magnesio disueltos, todo ello contraviniendo la normativa protectora del medio ambiente, resultando especialmente nocivos los metales pesados, al afectar a la cadena trófica con riesgo severo de afectación del ecosistema fluvial y riesgos reales para la salud de las personas.

En la causa se consideran relevantes los informes periciales del Instituto Nacional de Toxicología, de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico y de los peritos designados a propuesta del Ministerio Fiscal.

La estrategia de defensa del Consejo de Administración se había basado en el desconocimiento de los hechos por sus consejeros y que eran decisiones de carácter técnico ajenos a ellos, derivando cualquier responsabilidad de forma inequívoca en su Director de Operaciones, a quien en toda la fase previa se considera que no tenía autonomía para obrar por si sólo al margen del Consejo de Administración y que éste último era necesariamente consciente de la gravedad de los hechos puesto que era conocedor que en esas fechas la Confederación Hidrográfica del Norte les había impuesto una sanción por falta muy grave con una multa de 600.000 € y una indemnización de otros 500.000 €.

En toda la instrucción se ha rechazado la versión de los procesados de que no tenían conocimiento de estas situaciones, basándose en actas de las reuniones en las que queda constancia de que se abordaron estas cuestiones.

De hecho, también en ese mismo período se había estado tramitando otro procedimiento penal contra el Sr. Gómez de Liaño, exconsejero ejecutivo de Sniace, que fue condenado en abril de 2010 por delito ambiental exactamente por vertidos previos similares a los que ahora son objeto de investigación.

Este acabó siendo condenado por la Audiencia Nacional, si bien con el tiempo, cuando pasó el período de la condena, se reincorporó a sus funciones directivas en el grupo.

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