El Gobierno publica la normativa de los centros de servicios sociales en la ‘nueva normalidad’

Permanecen las medidas de seguridad, control y protección para evitar posibles brotes de la enfermedad ante la especial vulnerabilidad de los usuarios
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La Consejería de Empleo y Políticas Sociales ha publicado en un Boletín Oficial de Cantabria (BOC) extraordinario la resolución que establece las medidas preventivas y de organización en los centros de servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el período de ‘nueva normalidad’.

El texto publicado mantiene alguna de las disposiciones adoptadas en el periodo de alerta de la pandemia, como es la regulación de las visitas a las residencias de mayores con cita previa, al tiempo que abre y flexibiliza otras como las salidas de los centros.

La resolución establece normas específicas para el ingreso y actividad en los centros residenciales, centros de atención diurna, centros sociales de personas mayores y centros de atención a la infancia y adolescencia, con el objetivo de garantizar la seguridad para usuarios y trabajadores y evitar posibles brotes de la enfermedad.

Según ha explicado la consejera Ana Belén Álvarez, “es necesario extremar las medidas de seguridad porque estamos atendiendo a un grupo de la población especialmente vulnerable ante el virus del covid-19”. Por ello, en la medida de lo posible y mientras no aparezca una vacuna, “estamos obligados a minimizar el riesgo de contagio”.

Ha añadido que, aunque “estamos seguros de que los familiares saben lo importante que es seguir las normas establecidas al pie de la letra para no poner en peligro a sus seres queridos, debemos mantener la alerta y tener paciencia”.

NORMAS DE HIGIENE

Entre las instrucciones que recoge la orden está la obligatoriedad de colocar cartelería informativa para trabajadores, usuarios y familiares, sobre lavado de manos e higiene respiratoria.

Los centros dispondrán en los accesos de papeleras con pedal donde se puedan depositar pañuelos y cualquier material desechable, así como geles hidroalcohólicos para la limpieza de manos o, cuando esto no sea posible, agua y jabón; también se recomienda que dispongan de un sistema de limpieza de calzado.

Para los trabajadores se recuerda la obligación del uso del material de protección y de manera especial mascarillas e higiene de manos; ateniéndose a los protocolos establecidos según las indicaciones del servicio de Prevención de Riesgos Laborales, con la recomendación de que extremen la autovigilancia.

Se extremarán las medidas de seguridad y se mantendrá la distancia de seguridad en vestuarios, taquillas, aseos, así como en las áreas de descanso, comedores, cocinas, lavandería y cualquier otra zona de uso común.

En lo posible, cada trabajador se ocupará siempre de los mismos usuarios evitando realizar rotaciones en la prestación de cuidados y apoyos.

Todos los centros de servicios sociales deberán contar con un Plan de Contingencia dirigido a la prevención y a dar respuesta ante la eventual aparición de casos y brotes de COVID-19. Además, habrá un coordinador COVID que, entre otras funciones, llevará el control y el registro de resultados tanto de las pruebas COVID realizadas por el servicio público de salud, así como de las pruebas efectuadas de forma privada de trabajadores y usuarios.

Cada centro residencial tendrá que contar con capacidad de aislamiento individualizado para, al menos, el 10% de sus residentes y se promoverá una distribución de usuarios en grupos convivenciales para las diferentes actividades, que facilite el control en caso de un brote de la enfermedad.

VISITAS

En la ‘nueva normalidad’, aunque se mantiene la cita previa para poder acudir al centro y el tiempo limitado de presencia, se asegura al menos una visita semanal y, dentro de lo posible, se permitirá que pueda ser diaria.

Las visitas tendrán que hacer limpieza de manos y deberán usar mascarilla quirúrgica nueva, que deberán abrir y colocarse tras el lavado de manos en presencia del personal del centro, además, se llevará un registro para poder alertar a posibles contactos en caso de contagio.

No se admiten visitas con niños y está prohibido introducir comida sin envasar, u objetos del exterior que no sea posible desinfectar.

Cuando los residentes salgan al exterior se extremará la seguridad, utilizando mascarillas y evitando el contacto y la interacción con otras personas cuando no existe la distancia interpersonal de seguridad y al regreso al centro habrá que cumplir las medidas de higiene que se establecen para la entrada.

Las personas residentes en residencias de atención básica podrán salir del centro para asistir a los centros de atención diurna o laborales con las condiciones que se establecen para la deambulación o la utilización de los medios de transporte de la ciudadanía en general.

En cuanto a los nuevos ingresos y el retorno de las personas residentes que de forma voluntaria y temporal decidieron trasladarse a domicilios particulares con motivo de la declaración del estado de alarma, se mantiene el requisito de someterse a la prueba diagnóstica PCR, solicitándola a través de su Centro de Salud, y permanecerán en periodo de vigilancia al menos durante 15 días.

Además, para nuevas altas el centro residencial no debe haber presentado nuevos casos positivos confirmados (tanto de resientes como de profesionales) al menos en los 15 días previos al ingreso. Cuando la estructura del centro lo permita, este requisito puede entenderse como referido en cada planta o zona de agrupación de residentes atendidos por los mismos profesionales.

Para los Centros de Día, se mantiene la obligación de contar con un Plan de Acción detallado que incluya, entre otras cuestiones, el aforo máximo compatible con la exigencia de distanciamiento social y se les exige también el estricto cumplimiento de las medidas de protección y seguridad y especialmente las centradas en la exigencia de medios de protección, distanciamiento social, desinfección de estancias y materiales comunes y la aplicación de las medidas de higiene tanto para trabajadores como para usuarios.

La resolución regula también el funcionamiento de los centros de mayores, que recuperan su actividad, de los centros de atención a la primera infancia. centros de acogimiento residencial en infancia y adolescencia, puntos de Encuentro Familiar y los centros de día para infancia y adolescencia.

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