El Tribunal Constitucional inadmite a trámite el recurso de amparo presentado contra la sentencia del Tribunal Supremo al juez Acayro, que acudirá al Tribunal Europeo de Derechos Humanos

La decisión se produce tras ocho meses de estudio por parte del Alto Tribunal y, en tres líneas, no ha apreciado una especial relevancia constitucional.
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El Tribunal Constitucional ha inadmitido a trámite el recurso de amparo promovido por el juez Luis Acayro Sánchez Lázaro contra el auto y la sentencia que supusieron su inhabilitación a raíz de un proceso que comenzó cuando pidió documentación sobre el contrato de un abogado, experto en urbanismo, con un ayuntamiento.

Según fuentes de la defensa de Acayro, la decisión llega después de ocho meses de estudio por parte del Alto Tribunal y se limita, en tres líneas, a descartar la especial relevancia constitucional del recurso, por lo que se abre la vía al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, a la que acudirá.

El recurso de amparo alegaba, por un lado, la vulneración del derecho fundamental a un proceso con todas las garantías. La defensa vincula esta queja con la sentencia del Tribunal Supremo de julio de 2025, que, de hecho, contó con dos votos particulares discrepantes.

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Esos votos fueron formulados por los magistrados Antonio del Moral y Leopoldo Puente, quienes defendieron la absolución de Luis Acayro Sánchez Lázaro a partir de los hechos declarados probados por el propio Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

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De acuerdo con la posición de la defensa, ambos magistrados sostuvieron que la modificación de los hechos probados realizada por el Supremo, mediante una nueva valoración de la culpabilidad sin oír al acusado, excedía de sus competencias y vulneraba el derecho fundamental a un proceso con todas las garantías. La defensa afirma que esa tesis se apoyaba en doctrina del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

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Por otra parte, el recurso también planteaba la vulneración del derecho fundamental a un juez imparcial. La querella contra Acayro se presentó en abril de 2021 y que existía un pleito pendiente entre el juez y José Luis López del Moral, derivado del recurso presentado por Acayro contra el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que nombró a López del Moral presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

Pese a esa situación, López del Moral presidió la Sala que admitió a trámite la querella contra Luis Acayro, presidió el juicio que lo condenó y fue también ponente de la sentencia. La defensa sostiene que este elemento formaba parte de la queja por falta de imparcialidad que ahora no ha sido examinada de fondo por el Constitucional, al inadmitir el recurso por falta de especial trascendencia constitucional.

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La inadmisión del amparo agota la vía jurisdiccional interna, salvo la eventual intervención del Ministerio Fiscal mediante recurso de súplica, y abre la puerta a acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo. La defensa de Acayro anuncia que en las próximas semanas presentará la correspondiente demanda para que el tribunal europeo determine si el procedimiento fue compatible con las garantías reconocidas en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

 


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4 Comentarios

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