Una sentencia condena a la Obra San Martín a pagar más de 6.000 euros a 9 trabajadores por su desarrollo profesional

El Juzgado de lo Social estima una demanda de UGT, que denunció a la entidad por abonar una cuantía inferior a la estipulada en el convenio
Tiempo de lectura: 2 min

El Juzgado de lo Social 2 de Santander ha condenado a la Fundación Obra San Martín a abonar 6.200 euros más un 10% de demora a nueve trabajadores de la entidad por no haberles abonado la cuantía completa del complemento de desarrollo profesional estipulada en el convenio colectivo de Centros y Servicios de Atención a Personas con Discapacidad.

La sentencia estima una demanda del sindicato UGT y las reclamaciones individuales de los nueve trabajadores mencionados que exigían el cobro de la diferencia económica entre lo que abonaba la empresa y lo que estipulaba el propio convenio colectivo por el complemento económico asignado a cada tramo de cualificación profesional de la plantilla.

En el propio fallo judicial se reconoce que la Obra San Martín pagó en su momento un 1,9% del salario base por el citado complemento desde el 1 de julio de 2015, cuando tendría que haber pagado el 3,7%; y volvió a incumplir el convenio colectivo desde el 1 de julio al 31 de diciembre de 2018, ya que abonó un 3,8% cuando tendría que haber abonado un 7,4%.

Según recuerda la federación de UGT-Servicios Públicos, la Fundación Obra San Martín ya reconoció en 2019, en una mediación de conflicto colectivo en el ORECLA (Organismo Extrajudicial de Conflictos Colectivos), que estaba pagando de manera incorrecta el complemento de desarrollo profesional a unos 200 trabajadores, aunque el sindicato precisa que «no sirvió de nada porque siguió sin pagarlo como determina el convenio colectivo».

El sindicato agrega que esta sentencia del Juzgado de lo Social viene a avalar las demandas del sindicato desde hace años y reconoce la deuda correspondiente al complemento de desarrollo profesional a aquellos trabajadores afiliados a UGT que decidieron reclamarlo judicialmente a título individual, tras lamentar «que algo tan sencillo como pagar lo que se tiene que pagar, tenga que pasar por un tribunal de justicia».

PRECEDENTE PARA MÁS RECLAMACIONES

En este sentido, UGT precisa que «entiende la postura de aquellos trabajadores que no quisieron continuar con la reclamación de sus cantidades y eligieron defender su puesto de trabajo antes de reclamar el cobro de un derecho ya reconocido», aunque el sindicato hubiera preferido «que se hubiera aplicado a toda la plantilla con derecho a percibirlo».

De todos modos, UGT recalca que esta sentencia sirve de precedente para más reclamaciones individuales y que el propio sindicato tutelará otra tanda de ellas para un juicio previsto en el mes de octubre.

«Es tan criticable la negativa insistente de la empresa a pagar lo que debía con todo el tiempo que ha transcurrido desde entonces como tener que judicializarlo para que los trabajadores puedan cobrar ni más ni menos que lo que les corresponde», concluye el sindicato.

  • Este espacio es para opinar sobre las noticias y artículos de El Faradio, para comentar, enriquecer y aportar claves para su análisis.
  • No es un espacio para el insulto y la confrontación.
  • El espacio y el tiempo de nuestros lectores son limitados. Respetáis a todos si tratáis de ser concisos y directos.
  • No es el lugar desde donde difundir publicidad ni noticias. Si tienes una historia o rumor que quieras que contrastemos, contacta con el autor de las informaciones por Twitter o envíanos un correo a info@emmedios.com, y nosotros lo verificaremos para poder publicarlo.