Los vecinos de Cabezón presentan alegaciones en contra de la planta de biogás

En sus alegaciones, los vecinos denuncian que la tramitación de licencia de actividad de esa planta no se ajusta a la normativa vigente, que presenta informes caducados y que vulnera reglamentos públicos.
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La Coordinadora contra la planta de Biogás de Cabezón de la Sal continúa adelante con sus iniciativas para tratar de paralizar este proyecto.

Animan a los vecinos del municipio a presentar alegaciones en contra de la concesión de licencia de actividad. Consideran que la resolución que declara la nulidad provisional de la solicitud de licencia de actividad para la planta de tratamiento de residuos con producción de biogás no ha adquirido firmeza y por eso, ellos siguen adelante con su calendario de actividades para tratar de evitar que esta tramitación avance.

Recuerdan que el proyecto carece de autorización ambiental en vigor y que la documentación que se adjunta a la solicitud de licencia de actividad no reúne los requisitos mínimos para que pueda concederse dicha licencia.

Insisten en que el proyecto no tiene la preceptiva autorización ambiental integrada, ni autorización de instalación y operaciones de vertido, ni de vertidos de residuos, ni tampoco autorización por parte de la Confederación Hidrográfica del Norte (las instalaciones se encuentran en la zona de policía del cauce del Río Navas). Añaden que la instalación industrial se pretende ubicar en suelo rústico de protección ordinaria.

Así las cosas, en el modelo de alegaciones que han distribuido entre los vecinos, piden que se declare la nulidad de la licencia al entender que el proyecto debe someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria en lugar de la simplificada y declaración de impacto ambiental. Alegan que se proyecta «una instalación para la producción a escala industrial mediante transformación biológica de hidrocarburos simples, en el caso que nos ocupa el metano (biometano)», por lo que la evaluación simplificada consideran que no es válida.

Alegan también la caducidad del imforme de impacto ambiental producida por transcurso de 4 años por no haber comenzado la ejecución de proyecto o actividad en virtud e lo dispuesto en el artículo 47 de la ley de evaluación ambiental, tal y como se establece en la propia ley.

También piden la nulidad por «inexistencia de autorización de instalación de tratamiento de residuos en vigor. Incumplimiento de requisitos y condiciones segunda y quinta autorización instalación y tratamiento de residuos de 19 de mayo. Autorización concedida en su día para ubicación distinta».

Otra de las demandas pasa por declarar nula la resolución de 6 de marzo de 2022 del director de biodiversidad, medioambiente y cambio climático «por el que se exime de nueva evaluación de impacto ambiental al proyecto presentado por biogenera al cambiar de ubicación por incumplimiento de la condición quinta de la autorización de instalación y tratamiento de residuos de 19 de mayo de 2021»

Por estas y otras razones, los firmantes de las alegaciones piden al ayuntamiento que admita sus planteamientos y proceda a denegar la licencia de actividad, «declarando la nulidad del expediente y procediendo al archivo definitivo del mismo».

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