Aumentan un 23,1 % las denuncias de violencia machista en Cantabria en el segundo trimestre y se sitúan en niveles prepandemia

Los juzgados cántabros recibieron 474 denuncias y atendieron al mismo número de mujeres durante el segundo trimestre de este 2021.  Los juzgados de violencia sobre la mujer acordaron 57 órdenes de protección y los de instrucción en funciones de guardia otras 12. 26 mujeres decidieron no declarar como testigo durante la fase de instrucción y 11 tomaron esta decisión en el juicio
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Los órganos judiciales encargados de investigar la violencia de género en Cantabria registraron durante el segundo trimestre de este año un total de 474 denuncias, lo que representa un incremento del 23,1 por ciento respecto a las presentadas en el mismo periodo de 2020 (385).

De este modo, los datos de la violencia machista se sitúan en niveles anteriores a la pandemia, y es que en el mismo periodo de hace dos años las denuncias presentadas ante los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria ascendieron a 490, una cifra muy similar a la de este año.

En las denuncias registradas en Cantabria de abril a junio de 2021 figuran como víctimas el mismo número de mujeres (474), frente a las 385 de un año antes, lo que también representa un incremento del 23,1 por ciento.

A nivel nacional también se constata un incremento de denuncias y de mujeres víctimas respecto al segundo trimestre del pasado año, del 17,8 por ciento y del 20,4 por ciento, respectivamente.

Esa cifra de 474 mujeres que aparecen como víctimas en las denuncias registradas en los juzgados cántabros se traduce en una ratio de 15,7 víctimas por cada 10.000 mujeres que residen en nuestra comunidad.

A nivel nacional, la tasa es de 16,6, con Baleares (25,7), Comunidad Valenciana (21,8) y Murcia (21,6) a la cabeza, y Castilla y León (10,2), Galicia (11,7) y Aragón (11,9) como comunidades autónomas con menor tasa de mujeres víctimas de violencia machista.

Por otro lado, los jueces y juezas de violencia sobre la mujer de Cantabria acordaron 57 órdenes y medidas de protección de las 98 que le fueron solicitadas, es decir, el 58 por ciento de las pedidas. A nivel nacional, el porcentaje de órdenes de protección adoptadas es del 71 por ciento.

Además, los titulares de los juzgados de instrucción en funciones de guardia, que atienden casos de este tipo por las tardes y fines de semana, acordaron 12 órdenes de protección de las 14 incoadas.

Todos estos datos se desprenden del informe que trimestralmente difunde el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, con sede en el Consejo General del Poder Judicial, y que hoy se ha dado a conocer con información relativa al segundo trimestre de 2021.

111 hombres condenados por violencia de género

El informe del Observatorio revela que durante el segundo trimestre de este año fueron enjuiciadas un total de 154 hombres por violencia de género, de los que el 72,1 por ciento obtuvieron sentencia condenatoria (111).

Así, 76 hombres fueron enjuiciados en los juzgados de violencia sobre la mujer y, de ellos, 63 resultaron condenados, esto es, el 82,9 por ciento del total –bien por delitos leves o bien porque reconocieron los hechos en la comparecencia previa al juicio rápido (47 conformidades)-.

En el Juzgado de lo Penal nº 5 –el encargado de ventilar estos asuntos- fueron enjuiciados 78 hombres, de los que 48 resultaron condenados -27 de ellos por conformidad-, lo que supone un porcentaje de condenas del 61,5 por ciento.

No se celebró ningún juicio por violencia machista en la Audiencia Provincial ni tampoco en el Juzgado de Menores.

El 5% de las mujeres decide no declarar

De las 474 denuncias registradas en los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria, el 56,1 por ciento fueron presentadas por la propia víctima, bien en el juzgado o ante la policía; el 23,2 por ciento de esas denuncias llegó al órgano judicial a través de servicios asistenciales o terceros en general; el 9,1 por ciento por intervención policial directa; el 8,2 por ciento por un parte de lesiones, y el 3,4 por ciento por denuncia de un familiar.

De las 474 mujeres que figuran como víctimas en las denuncias presentadas, 26 (20 españolas y 6 extranjeras) se acogieron a la dispensa legal a la obligación de declarar como testigo, prevista en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Ello supone que el cinco por ciento de las mujeres que figuran como víctimas en las denuncias presentadas en Cantabria tomaron esa decisión, frente a un porcentaje del 10% que lo hicieron a nivel nacional.

Por otro lado, otras 11 mujeres -7 españolas y 4 extranjeras- decidieron no declarar cuando fueron llamadas a testificar en juicio ante el Juzgado de lo Penal.

Desde el año 2015, el Observatorio sustituyó entre sus datos estadísticos la cifra de renuncias por la de víctimas que se acogen a la dispensa a la obligación legal de declarar, por entender que se trata de un parámetro más acorde a la realidad toda vez que en los procedimientos de violencia de género la fiscalía siempre actúa de oficio, por lo que la renuncia de la víctima no lleva aparejada obligatoriamente la finalización del proceso judicial.

Medidas de protección judiciales

A lo largo del segundo trimestre de este año, los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria recibieron un total de 98 solicitudes para la adopción de órdenes y medidas de protección y adoptaron 57.

Se encuadran en estas cifras las órdenes de protección y las medidas de protección y seguridad contempladas en el artículo 544 ter -conllevan medidas penales y civiles, y su adopción exige la presencia del presunto agresor-, y también las del artículo 544 bis -precepto que permite al juez adoptar una protección de carácter penal sin necesidad de tomar declaración al denunciado.

Tales órdenes y medidas de protección y seguridad se tradujeron en 130 medidas judiciales: 115 de carácter penal y 15 de naturaleza civil.

Entre las primeras, las más frecuentes fueron el alejamiento de la víctima (51), la prohibición de comunicación con ella (33) y la suspensión de tenencia y uso de armas (25). En 3 ocasiones se acordó una medida privativa de libertad.

Entre las medidas civiles acordadas destacan 5 sobre prestación de alimentos, 4 de atribución de vivienda y 2 suspensiones del régimen de visitas y 1 suspensión de la guarda y custodia.

Nueve mujeres menores en las órdenes protección

En la mayoría de los casos en los que se solicitaron órdenes o medidas en los juzgados de violencia, la mujer era española y mayor de edad (78 ocasiones), y en otras 10 medidas, se trataba de mujeres extranjeras mayores de edad.

Destaca en este trimestre la existencia de diez mujeres víctimas menores de edad en las órdenes de protección solicitadas, nueve de ellas españolas y una extranjera.

En cuanto a los denunciados que figuran en las órdenes de protección incoadas, 70 eran hombres españoles y 28 de fuera de nuestro país.

Por otro lado, al analizar la relación que existía entre denunciante y denunciado en el momento de producirse la supuesta agresión, en el 64,28 por ciento de las ocasiones el vínculo estaba disuelto, mientras que en el 35,72 por ciento de los casos eran matrimonio o tenían una relación afectiva.

La mayoría, delitos que conllevan de seis meses a un año de prisión

A lo largo del segundo trimestre de 2021, los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria recibieron un total de 519 asuntos.

De ellos, 137 apenas requirieron instrucción y se llevaron por juicio rápido, y 27 fueron delitos leves. El resto de asuntos se llevaron por diligencias previas o procedimiento abreviado -los procedimientos de instrucción más habituales-. No se inició ningún jurado ni sumario -procedimientos empleados para enjuiciar las conductas más graves-.

Si se analizan los tipos delictivos en los que se encuadran las denuncias presentadas, la mayoría (146) responden a acciones tipificadas en el artículo 153 del Código Penal, esto es, el delito que castiga una conducta que no da lugar a lesión o sólo requiere una primera asistencia médica, cuya condena oscila entre los seis meses y el año de prisión.

Otros 129 delitos correspondieron al tipo del artículo 173, que condena aquella actitud persistente que genera un clima de pánico en el entorno familiar. Este delito está penado con una condena de entre seis meses y tres años de cárcel.

Además, en 20 ocasiones se tramitó procedimiento que responde al maltrato del artículo 148 y siguientes del Código Penal, preceptos que se refieren a una lesión que requiere una primera asistencia y un tratamiento médico posterior, y cuya pena va de los seis meses a los cinco años de cárcel.

Junto a ello, los juzgados de violencia de Cantabria tramitaron 127 asuntos por quebrantamiento de condena, 39 por quebrantamiento de medidas cautelares, 21 por delito contra la libertad, 7 por delito contra la integridad moral, 2 por delito contra la libertad e indemnidad sexual y 2 por delito contra el honor.

En cuanto a los 21 procedimientos por delitos leves, 5 lo fueron por injurias y 5 por vejaciones injustas. El resto corresponde a otros delitos.

Además, las denuncias presentadas ante los juzgados de violencia de género también dieron lugar a la apertura de 56 procedimientos civiles, de los que 20 fueron divorcios, 16 versaban sobre la adopción de medidas de guarda y custodia de hijos de parejas no casadas, 9 sobre modificación de medidas acordadas en sentencia, 6 sobre liquidación del régimen económico matrimonial y 1 sobre asentimiento en adopción.

Formas de terminación de las denuncias

Las denuncias registradas en los juzgados de violencia sobre la mujer se instruyen y, como consecuencia de las diligencias practicadas, tienen diferentes formas de terminación.

Así, el 18,6 por ciento de las denuncias que se tramitaron de abril a junio en los juzgados de violencia concluyó con sentencia en el propio órgano –bien porque se trataba de un delito leve o bien porque, siendo el delito grave el acusado se conformó con la condena solicitada por el fiscal-.

En este periodo, los juzgados de violencia dictaron 96 sentencias: 13 absolutorias y 63 condenatorias.

Por otro lado, el 47,3 por ciento de los procedimientos que se tramitaron finalizó en sobreseimiento, bien libre (el 1,5 por ciento del total de procedimientos) o provisional (el 45,8 por ciento).

Hay que tener en cuenta que una gran parte de los casos en los que se produce el sobreseimiento provisional, como también ocurre con las sentencias que son absolutorias, responde a que la denunciante se acoge a la dispensa a la obligación de declarar como testigo.

En este sentido, cabe señalar que el 43,9 por ciento de las denuncias llegaron al juzgado por vías ajenas a la propia víctima: o por intervención policial, o por denuncia de un familiar, o por un parte de lesiones o por servicios asistenciales y terceros en general.

Elevación al órgano enjuiciador

El 016 es el teléfono de atención a las víctimas de violencia de género. No aparece en la factura, pero sí hay que borrarlo del listado de las llamadas realizadas desde el móvil

Finalmente, el 17,6 por ciento de los procedimientos tramitados se elevó al órgano de enjuiciamiento competente –bien al Juzgado de lo Penal nº 5 de Santander o bien a la Audiencia Provincial, en función de la gravedad del delito-.

Durante el periodo analizado, el citado Juzgado de lo Penal nº 5 dictó 78 sentencias, 48 de ellas fueron condenatorias –en 27 ocasiones el acusado admitió los hechos y se conformó con la pena- y otras 30 resultaron absolutorias.

Por su parte, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria, la especializada para ventilar asuntos graves de violencia sobre la mujer, no celebró ningún juicio y, como órgano de apelación, recibió 25 recursos contra sentencias dictadas en el Juzgado de lo Penal nº5 (por delitos menos graves) o en los juzgados de violencia sobre la mujer (por delitos leves).

Esta sección de la Audiencia resolvió en el periodo analizado 19 recursos: en 15 confirmó la sentencia de instancia y en 4 estimó el recurso de apelación.

 

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