El Juzgado suspende durante cuatro años el desahucio de Voto

Se ha logrado aplicar la suspensión de desahucios aprobada con motivo del Estado de Alarma (Foto: archivo, acción antidesahucio en Santander)
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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Laredo ha acordado suspender por un plazo de cuatro años el desahucio de Voto, que se logró paralizar hace justo una semana en Carasa, Voto.

La fecha hasta la que se suspende es el 15 de mayo de 2024 (coincide con un 15M, la fecha que quedó asociada a la indignación en las plazas, movimiento en el que participaron muchos activistas antidesahucios).

Se trataba de una familia de Voto, que iba a ser desahuciada por Liberbank (por Beyos y Pongo, uno de los fondos que gestiona las viviendas en manos del banco en el que se integró la antigua Caja Cantabria).

La familia afectada tiene un pequeño despacho de pan que sufre embargos por parte de Liberbank, que le ha generado una deuda de 100.000 euros. Ellos quisieron recurrir a la dación en pago ´–entregar la vivienda para saldar la deuda–, pero Liberbank no accedió a negociar.

Ante la expulsión de la vivienda, prevista para el pasado martes y contra la que se llegó a convocar una acción de stop-desahucios (un llamamiento a pararlo por parte de activistas), la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) de Santander y STOP Desahucios presentaron, en un trabajo conjunto y coordinado, un recurso ante el Juzgado, que fue aceptado y del que ahora trascienden los detalles

En los fundamentos de derecho del auto, al que ha tenido acceso EL FARADIO, el juez se remite a como la Ley de protección de deudores hipotecarios fue modificada en marzo de 2020 –con el Estado de Alarma—para suspender los lanzamientos sobre viviendas habituales por parte de colectivos especialmente vulnerables.

Entre ellos se considera a familias numerosas, con menores de edad o monoparentales con hijos a su cargo, así como con alguna situación de discapacidad o dependencia, desempleo, mayores de 60 años…. Además de una serie de indicadores económicos, que incluyen una “alternación significativa” de su situación económica con efectos en su acceso a la vivienda, habitual, como, por ejemplo, que la hipoteca supere la mitad de los ingresos netos.

Dado que los afectados han conseguido acreditar que se encuadran en alguna de estas circunstancias, se suspende el desahucio por un plazo de cuatro años.

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