
La nueva Ley de Vivienda de Cantabria abre la puerta a vigilancia pública sobre viviendas vacías para evitar ocupaciones
El anteproyecto de Ley de Vivienda de Cantabria, elaborado por la Consejería de Fomento del Gobierno de Cantabria (PP) y ahora en fase de tramitación inicial, abre la puerta a que el Gobierno de Cantabria se haga cargo de la vigilancia de viviendas vacías para evitar ocupaciones, además de animar a fomentar la delación vecinal de casos de ocupación sin distinguir supuestos.
El texto, consultado por EL FARADIO, refleja la sobreatención del Gobierno del PP a los casos de ocupación, que considera responsables de que haya viviendas que no se pongan en alquiler, como único factor sin contemplar otros como los desacuerdos entre herederos, las malas condiciones de las viviendas, que sus propietarios sean fondos o SAREB, que sean segundas residencias que se mantengan vacías para poder usarlas en verano, que no residan en Cantabria, o la falta de adaptación de precios.
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En el último trimestre, según datos del poder judicial, en Cantabria se produjeron dos casos de ocupación, 19 en todo el año pasado. Por el contrario, los desahucios –que cada vez se concentran más en la vivienda en alquiler, fueron 67 en el último trimestre, 257 en todo el año pasado.
El trimestre de la vivienda en Cantabria: 67 desahucios y dos ocupaciones
Pese a los datos reales, la emergencia habitacional figura después de las ocupaciones en el texto de la Ley y está ausente de cualquier referencia pública del consejero de Fomento, Roberto Media, al igual que el impacto de las viviendas turísticas en los precios –aplicando la misma lógica de que las medidas que limitan las viviendas disponibles para alquiler, las turísticas cumplen ese efecto también–, que suma ya su segundo verano sin nueva regulación, ni inspección de si se cumple la legalidad y sin moratoria que impida que el problema crezca.
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VIGILANCIA PÚBLICA DE VIVIENDAS VACÍAS
En concreto, el documento incorpora un conjunto de disposiciones enfocadas en la prevención y control de la ocupación ilegal de viviendas, especialmente en el parque público, pero no exclusivamente. El documento regula tanto la posibilidad de intervenciones tecnológicas, como la implicación directa de la ciudadanía en tareas de vigilancia, sin mecanismos definidos de supervisión ni protección de derechos.
El núcleo de estas medidas se encuentra en el artículo 52, que habilita a las administraciones a desplegar sistemas de vigilancia, control y detección temprana ante posibles ocupaciones.
Según el texto, “las administraciones públicas podrán establecer sistemas de vigilancia, control y detección temprana de ocupaciones ilegales, especialmente en el parque público de vivienda.”
Este artículo plantea la posibilidad de acuerdos con los propietarios en esta materia –no especifica quién se hace cargo de esos costes de vigilancia, si bien previamente ha dicho que serán las instituciones las que establezcan los dispositivos–, ligados a la cesión temporal al parque público de vivienda.
La delación vecinal bajo el concepto de «colaboración ciudadana»
La norma apela también a lo que llama «colaboración ciudadana» como herramienta de detección, tal y como señala la exposición de motivos: “La norma promueve la colaboración ciudadana en la detección temprana de usos irregulares de la vivienda pública.”
Y abunda en ello en el apartado específico de ocupaciones, en el que plantea crear convenios de colaboración con los ayuntamientos para que estos incluyan en sus ordenanzas municipales «medidas contra la ocupación ilegal, que promuevan la colaboración vecinal en la detección temprana de estos casos». La ley no detalla en que se sustancia esa colaboración –una ordenanza es competencia municipal– más allá de la referencia o si la fomentará de forma económica. En cualquier caso, en todo el texto no se plantean llamados similares a los ayuntamientos para casos de desahucios o para la regulación de viviendas turísticas.
La redacción de la Ley no especifica en este punto qué se encuadra bajo esa ocupación que se llama a denunciar: si sólo se refiere a los casos de usurpaciones –que es lo que legalmente se ajusta más a la imagen que se induce de la ocupación de viviendas– o si también afecta a los retrasos en los pagos de inquilinos –los retrasos en los pagos son normales en cualquier relación entre empresa y empresas proveedoras o clientes, pero en el mercado de la vivienda, pese a utilizarse como una fuente de ingresos empresariales al uso, no se contempla la posibilidad de la morosidad y se reclama una especie de morosidad cero, por Ley y con ayudas públicas–.
La falta de concreción es general y habrá que esperar más detalle si se elabora un reglamento, pero no especifica cómo se harían esas delaciones, cómo se confirmarían y por quién –si la administración va a ejercer funciones de recabar datos como si fuera la Policía-, la protección de datos, etc…
En cualquier caso, esa referencia que ahonda en la criminalización de los impagos o retrasos en pagos de mensualidades y también en la criminalización de las familias más vulnerables es un poco innecesaria: por un lado, en las situaciones de más alarma social (como los episodios de Meruelo) los propios vecinos ya se organizaron y denunciaron sin necesidad de una Ley que lo regulara y, por otro, descarga en la ciudadanía la responsabilidad de conocer qué relación tiene un vecino con su vivienda (no todo el mundo sabe o tiene capacidad de saber si quien vive al lado suyo es propietario o inquilino, y, de ser inquilino, si está al corriente de pagos o no).
Esta consideración del propietario de viviendas ocupadas como colectivo vulnerable prácticamente al mismo nivel que personas y familias desahuciadas llega en el anteproyecto de Ley al extremo de no sólo contemplar ayudas a los propietarios ante impagos, sino de abrir la posibilidad de que esas ayudas provengan del Fondo de Emergencia Habitacional, es decir, del fondo creado por la administración para atender situaciones de vulnerabilidad económica ligadas a la vivienda o de pérdida del acceso a ella, sea en propiedad o alquiler.
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