CLAVES

De la economía circular a la financiera: los fondos convierten la ‘chatarra’ de la deuda en la propiedad de CELSA

Los dueños del balón ganan el partido y consiguen una simbólica victoria para la economía financiera en detrimento de la industria clásica
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A veces una batalla se empieza a perder cuando se acepta jugar con las reglas de uno de los bandos: en la economía financiera, aquella que en lugar de jugar con bienes y servicios, juega con préstamos y deudas (y muchas otras palabras que significan parecido), la economía real acabó recurriendo a esas palabras que significaban dinero, aunque no propiedad, y al final, ese equipo se acabó convirtiendo en el dueño del balón y decidiendo quién ganaba.

Salvando millones de euros y decenas de sociedades, lo que ha sucedido con CELSA es como si después de tirar de VISA, fraccionamientos y préstamos se buscara una fórmula para poder quitarse la deuda yal final esa fórmula pasara no sólo por pagar sino porque las propiedades acabaran cambiando de manos.

El Juzgado de lo Mercantil número 5 estrenaba este primer lunes de septiembre con una noticia largamente esperada: su decisión sobre la reclamación de la deuda que variaos fondos tenían con CELSA, concretada finalmente en la sentencia conocida este día y que da la razón a los fondos, legitimados ya como nuevos propietarios de este grupo industrial, metalúrgico, familiar y catalán, un grupo de acerías que fabrican planchas de acero a base de la recuperación de chatarra.

Lo primero, un poco de contexto: el Deutsche Bank y un grupo de fondos, entre ellos Goldman Sachs y varios fondos financieros compraron la deuda que CELSA tenía con los bancos, y después la reclamaron en un proceso legal que suponía el cambio de la deuda por acciones, que representan la propiedad de una empresa. Ahora las acciones pasan de los propietarios de siempre a los acreedores, es decir, los fondos. La sentencia de lo Mercantil (el Juzgado de las empresas) en Barcelona (es un grupo catalán) se pronuncia sobre el rechazo de la industria al Plan de pago de la deuda elaborado por los fondos acreedores.

-¿Por qué nos importa?: Los fondos son los nuevos dueños de la economía. Están desplazando a la banca como los dueños del dinero, pero con menos control y regulación (antes al menos sabíamos los nombres de los señores con traje que poseían las empresas, aquí resulta todo más oscuro). Y son voraces: crecen a base de compras y otras operaciones. Y son ansiosos: buscan rentabilidad inmediata, aunque eso suponga volver a vender, desmembrar las empresas y cerrar, trasladar o despedir, como saben en Cantabria las teleoperadoras de Digitex o las dependientas de las perfumerías Douglas.

-¿Por qué es –o debería ser-  noticia en Cantabria?: Porque pese a ser un grupo de origen catalán, CELSA es dueño de emblemas industriales en nuestra comunidad, importantes no sólo por la evidente creación de empleo, ni siquiera porque el empleo en la industria, pese a todo, es de mejor calidad que en otros sectores como los servicios y contribuye más a apoyar otros sectores y a fijar población, e incluso porque los trabajos industriales tienden a retroceder mientras proliferan las terrazas, sino también por el poso identitario que suponen. Hablamos de GSW, lo que en su día fue Nueva Montaña Quijano, en Santander, de la histórica Trefilerías Quijano en Buelna o de TYCSA, entre otros.

Algunas claves de la sentencia que ha ido desgranando EL FARADIO y que pone fin a la espera, activando un nuevo tiempo:

-Es una sentencia esperada. Por las dimensiones del grupo CELSA, por lo estratégico del sector, por la relevancia de los acreedores (Deutsche Bank o Goldman Sachs) y por las implicaciones político-económicas, al ser fondos de otros países los que se quedan con la propiedad de un grupo industrial español, y de los primeros casos en los que había que elegir entre la industria clásica y la economía más financiera que abanderan los fondos. Incluso había nueva normativa concursal –para los procesos de deudas—cuya interpretación en este caso, de los primeros, se esperaba.

-La preocupación había generado cierta unidad social: En prensa salmón hemos leído los contactos con el propio presidente Pedro Sánchez y en Cantabria hemos visto manifestaciones de trabajadores de las fábricas afectadas pidiendo que se mantuvieran en el modelo de propiedad clásica. Gobiernos autonómicos de las comunidades con industrias de CELSA han emitido resoluciones de apoyo a la continuidad del modelo de propiedad.

-Y ahora qué : La sentencia deja claro que toca ejecutar el Plan de Reestructuración, que incluye medidas como una reestructuración de las empresas del grupo, algunas de las cuales se conformarán en una sociedad en Luxemburgo. Se precisa que los centros de decisión se mantienen en España y que no se toman decisiones contra los trabajadores. Y se admite, extensión lógica de toda la complejidad del caso, que no todo será tan rápido como cambiar unos accionistas por otros. Para ello, se nombra una sociedad auditora, recalcando que cumple un mandato judicial, para que tome las decisiones que supongan el cumplimiento del sacrosanto pago de la deuda. Adelántandose al potencial conflicto –previsión fruto de lo “enconado”, palabra que se repite muchas veces en la sentencia- entre las partes, el magistrado advierte de que se estudiará, cuando proceda y si proceda, que la sociedad observadora puede apoyarse en la fuerza pública.

-Es un asunto complejísimo. (Y el magistrado era consciente). Por las implicaciones económicas, por lo abultado de la deuda, cercana a los 3.000 millones de euros; porque no es una única deuda, sino muchas deudas de distintas sociedades con distintos fondos; porque no ha sido tan sencillo como no poder pagar, sino que se ha comprado y luego se han ido creando distintos productos financieros para canalizarla, objetos a su vez de compras, renovaciones, refinanciaciones; por las dificultades de análisis de todo lo que supone el sector financiero y la economía ‘financiarizada’. Y todo en medio de un cambio normativo, que ha convertido esto en una batalla de matices y ceros entre ejércitos de abogados y consultoras. El tema normativo ha sido tan delicado que CELSA llegó a pedir al magistrado que llevara la Ley Concursal al Tribunal Constitucional.

-No es una deuda convencional: de lo complejo que es todo da idea el hecho de que no es un caso de que una empresa le deba dinero a un proveedor o al banco que le ha hecho el préstamo, sino que los fondos se la compraron, por mucho menos de a lo que ascendía, a los bancos, y fue después cuando plantearon convertir la deuda en acciones.

-Es una empresa viable. Lo confirma la sentencia , con un “claramente viable” que fue objeto de enconada discusión, de informes y contrainformes. Los pagos a plantilla o proveedores salían adelante. El problema es y ha sido la deuda, abultada e histórica, que impedía muchos movimientos de futuro.

-que cuando era inviable recibió fondos públicos. La situación llevó a la empresa a ser tan inviable que no podía acceder a mecanismos convencionales. Ni dinero de inversores, ni recursos del grupo, ni por supuesto crédito bancario. Las ayudas estatales, con fondos europeos, concedidas hace un año, se constituyeron en la única vía sólida.

-No es un caso de industria madura que haya entrado en crisis. No es CELSA víctima de una crisis del sector (la sentencia recopila datos y previsiones que muestran crecimiento de la empresa y de su sector), ni siquiera de un impacto no superado de las sucesivas crisis a las que nos hemos ido acostumbrando desde que la vida es eso que pasa mientras se producen crisis (hablamos de la pandemia, de la guerra en Ucrania, de los costes de la electricidad o de la alta inflación general), que según los informes esgrimidos en el proceso judicial, las fábricas de CELSA habían ido consiguiendo capear.

Tampoco estamos ante un caso de una industria que no se haya adaptado a los cambios del mercado: ya usa el acero verde que plantea la Unión Europea, ha trabajado en la reducción de emisiones y presume de su apuesta por la economía circular, de conseguir que todo el material o procesos que emplea puedan generar nuevos materiales o procesos. Como diría Mr Burns, de convertir los desechos en hechos.

-No es un proceso de concurso de acreedores: Y esto tal vez le haya perjudicado bastante. Un concurso de acreedores es una fórmula legal por la que una empresa con una acumulación de deudas ingestionable acude a un juzgado para que, de algún modo, ponga orden en sus deudas, aprobando planes de pago a base de quitas (reducción de la deuda) o esperas (aplazamientos), figuras ambas que los acreedores (aquellos a los que se debe) aceptan en el ánimo de que mejor cobrar menos y más tarde que cobrar cero y nunca si la empresa desaparece. Un concurso de acreedores lo pide la empresa y si hubiera habido un concurso, se podían haber planteado reducciones y aplazamientos. Pero aquí han sido los acreedores, los deudores, los que han armado un Plan de Reestructuración de la Deuda. La empresa lo rechazó, esa negativa es lo que ha llegado al Juzgado, y la sentencia dice claramente que en este juego son los acreedores “los que reparten las cartas”.

-Lo primero, la deuda. La sentencia parte de una premisa, y es que el pago de la deuda (plasmado en el Plan de Reestructuración) es lo primero, casi “existencial” y no se pueda paralizar ni bloquear

-Y el mercado, sagrado. El enfoque economicista de la sentencia llega a expresiones como que “el mercado es y debe ser el único árbitro de la supervivencia económica”, a cuestionar las “artificiales” barreras de entrada al mercado, o a calificar de “atávicos” los proteccionismos que “enmascaran privilegios injustificados. No ve un “pelotazo financiero”, sino que considera que la venta de la deuda a menor precio es una “palmaria demostración de cómo los mercados eficientes asignan extraordinariamente bien los recursos” y rechaza calificar a los fondos de “oportunistas” –tecnicismo del sector-, “buitres” (más coloquial): son instituciones de inversión profesionales de ámbito global, con una dilatada experiencia y un extraordinario músculo financiero”.

En definitiva, al final la partida de cartas en la que quienes «repartían juego» eran los acreedores, que no dejaban de ser los dueños del dinero a base de complejas normas de mercado y la acabaran convirtiendo en un “juego darwiniano” que respondía a la “implacable lógica de los mercados financieros”.

 

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